A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221104-1)
Regulación viviendas concesión demanial –  Decreto 115/2022, de 2 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 84/2020, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento de asignación y el uso de viviendas construidas al amparo de concesión demanial en suelos de redes supramunicipales
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 263

general la potestad reglamentaria en todos los casos en que no esté específicamente atribuida al Presidente o a los Consejeros.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, el Consejo
de Gobierno previa deliberación en su reunión del día 2 de noviembre de 2022,
DISPONE
Artículo único
Modificación del Decreto 84/2020, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula el procedimiento de asignación y el uso de viviendas construidas
al amparo de concesión demanial en suelos de redes supramunicipales
El apartado 1 del artículo 5 del Decreto 84/2020, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento de asignación y el uso de viviendas construidas al amparo de concesión demanial en suelos de redes supramunicipales, queda redactado como sigue:
“Artículo 5
Reservas de viviendas
1. En los pliegos reguladores de cada concesión se podrán incluir reservas de viviendas en cada parcela para su destino a los siguientes colectivos: menores de 35 años y mayores de 65 años, personas con discapacidad, personas con discapacidad y necesidad de vivienda adaptada, familias numerosas, víctimas de violencia de género y mujeres embarazadas
menores de 35 años. Estas reservas se efectuarán sin perjuicio de las previsiones legales de
reserva en favor de las personas con discapacidad y de prioridad de las víctimas de violencia de género en el acceso a las viviendas con protección pública, que únicamente podrán ser
incrementadas, pero nunca minoradas”.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
TÍN

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 2 de noviembre de 2022.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO

BOCM-20221104-1

(03/21.272/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791