Loeches (BOCM-20221104-78)
Régimen económico. Calendario fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 320
VIERNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 263
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
LOECHES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Aprobado, por decreto de Alcaldía 2022-0934, de 24 de octubre de 2022, el calendario fiscal del año 2023, se fijan los períodos de cobranza en período voluntario, de conformidad con el artículo 62 Ley 58/2003, Ley General Tributaria, y artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación, períodos que serán los
siguientes:
CALENDARIO FISCAL 2023
IMPUESTO
Impuesto Sobre Bienes Inmuebles Urbana (IBI)
FECHA DE COBRO
De 1 de mayo a 30 de junio.(50% del importe a pagar).
De 1 de septiembre a 31 de octubre.
Impuesto sobre Bienes Inmuebles-Características Especiales (IBI-BICE)
De 1 de septiembre a 31 de octubre.
Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
De 1 de septiembre a 31 de octubre.
Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
De 1 de marzo a 3 de mayo.
Tasa por recogida, transporte y tratamiento de residuos. Zona Industrial
(trimestralmente)
1.er trimestre: del 1 de abril a 31 de mayo.
2.o trimestre: del 1 de julio al 31 de agosto.
3. er trimestre: del 1 de octubre al 30 de noviembre.
4. o trimestre: del 1 de enero 2024 a 29 de febrero de 2024
Tasa por recogida, transporte y tratamiento de residuos. Establecimientos
comerciales. Casco Urbano.
Del 1 de marzo al 30 de junio.
Tasa Entrada de Carruajes (VADOS)
Del 1 de noviembre de 2023 a 2 de enero de 2024
Tasa de Cementerio
Del 1 de noviembre de 2023 a 2 de enero de 2024
Tasa por ocupación del vuelo, suelo y subsuelo, de los bienes de titularidad
municipal por elementos de transporte y distribución de energía eléctrica, agua,
gas o cualquier otro fluido.
Del 1 de noviembre de 2023 a 2 de enero de 2024
Modalidad de cobro:
a) El pago podrá realizarse mediante la presentación del documento cobratorio que el
Ayuntamiento enviará al domicilio del contribuyente, a través de las siguientes
entidades bancarias colaboradoras, en los horarios habituales establecidos por estas para tal fin: Caixabank, Banco Santander, Ibercaja, BBVA. En el caso de no
recibir el citado documento de pago, deberá solicitarlo en la Oficina de Servicios
Tributarios del Ayuntamiento, dentro de los plazos de pago voluntario establecidos para cada tributo [plaza de la Villa, número 1, Loeches (Madrid)].
b) A través de Internet en la página web municipal www.loeches.es todos los días de
la semana, las veinticuatro horas del día, con tarjeta de débito o crédito.
c) Por domiciliación bancaria de aquellos tributos domiciliados con una antelación
mínima de dos meses al inicio del período cobratorio. Los recibos domiciliados se
cargarán directamente en las cuentas autorizadas por el contribuyente. El cargo en
cuenta de los recibos domiciliados se producirá dentro de los diez días anteriores
a la finalización del período voluntario de pago.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.d) del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se advierte que transcurrido el plazo de ingreso las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo a que se refiere el artículo 28
de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, los intereses de demora y, en su
caso, las costas
Este calendario fiscal se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Loeches, y por Internet desde la
BOCM-20221104-78
De 1 de septiembre a 31 de octubre (50% del importe a pagar).
Impuesto Sobre Bienes Inmuebles Rustica (IBI)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 320
VIERNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 263
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
LOECHES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Aprobado, por decreto de Alcaldía 2022-0934, de 24 de octubre de 2022, el calendario fiscal del año 2023, se fijan los períodos de cobranza en período voluntario, de conformidad con el artículo 62 Ley 58/2003, Ley General Tributaria, y artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación, períodos que serán los
siguientes:
CALENDARIO FISCAL 2023
IMPUESTO
Impuesto Sobre Bienes Inmuebles Urbana (IBI)
FECHA DE COBRO
De 1 de mayo a 30 de junio.(50% del importe a pagar).
De 1 de septiembre a 31 de octubre.
Impuesto sobre Bienes Inmuebles-Características Especiales (IBI-BICE)
De 1 de septiembre a 31 de octubre.
Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
De 1 de septiembre a 31 de octubre.
Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
De 1 de marzo a 3 de mayo.
Tasa por recogida, transporte y tratamiento de residuos. Zona Industrial
(trimestralmente)
1.er trimestre: del 1 de abril a 31 de mayo.
2.o trimestre: del 1 de julio al 31 de agosto.
3. er trimestre: del 1 de octubre al 30 de noviembre.
4. o trimestre: del 1 de enero 2024 a 29 de febrero de 2024
Tasa por recogida, transporte y tratamiento de residuos. Establecimientos
comerciales. Casco Urbano.
Del 1 de marzo al 30 de junio.
Tasa Entrada de Carruajes (VADOS)
Del 1 de noviembre de 2023 a 2 de enero de 2024
Tasa de Cementerio
Del 1 de noviembre de 2023 a 2 de enero de 2024
Tasa por ocupación del vuelo, suelo y subsuelo, de los bienes de titularidad
municipal por elementos de transporte y distribución de energía eléctrica, agua,
gas o cualquier otro fluido.
Del 1 de noviembre de 2023 a 2 de enero de 2024
Modalidad de cobro:
a) El pago podrá realizarse mediante la presentación del documento cobratorio que el
Ayuntamiento enviará al domicilio del contribuyente, a través de las siguientes
entidades bancarias colaboradoras, en los horarios habituales establecidos por estas para tal fin: Caixabank, Banco Santander, Ibercaja, BBVA. En el caso de no
recibir el citado documento de pago, deberá solicitarlo en la Oficina de Servicios
Tributarios del Ayuntamiento, dentro de los plazos de pago voluntario establecidos para cada tributo [plaza de la Villa, número 1, Loeches (Madrid)].
b) A través de Internet en la página web municipal www.loeches.es todos los días de
la semana, las veinticuatro horas del día, con tarjeta de débito o crédito.
c) Por domiciliación bancaria de aquellos tributos domiciliados con una antelación
mínima de dos meses al inicio del período cobratorio. Los recibos domiciliados se
cargarán directamente en las cuentas autorizadas por el contribuyente. El cargo en
cuenta de los recibos domiciliados se producirá dentro de los diez días anteriores
a la finalización del período voluntario de pago.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.d) del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se advierte que transcurrido el plazo de ingreso las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo a que se refiere el artículo 28
de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, los intereses de demora y, en su
caso, las costas
Este calendario fiscal se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Loeches, y por Internet desde la
BOCM-20221104-78
De 1 de septiembre a 31 de octubre (50% del importe a pagar).
Impuesto Sobre Bienes Inmuebles Rustica (IBI)