Mejorada del Campo (BOCM-20221104-79)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 263
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 331
11.2. La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará dentro del plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su
nombramiento como funcionarios de carrera.
12. Contratación de personal laboral fijo
12.1. Concluidos los procesos selectivos para cubrir plazas de personal laboral fijo,
las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán contratados como personal laboral fijo previa resolución del concejaldelegado de Personal, con indicación del destino adjudicado.
12.2. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el concejal-delegado de
Personal resolverá la contratación. Los aspirantes seleccionados que hubiesen superado el
proceso selectivo deberán formalizar su contrato en el plazo máximo de un mes, contado a
partir de la fecha de la notificación de la resolución de contratación.
12.3. El aspirante que no materialice su contratación en el plazo señalado sin causa
justificada decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido.
13. Formación de listas de espera
Dado que la vinculación del personal temporal o funcionario interino es exclusivamente con la plaza desempeñada, las convocatorias de estabilización que se publiquen podrán
prever para aquellas personas que ocupando dicha plaza no superen el proceso selectivo, su
inclusión en listas de espera de carácter preferente sobre las existentes de la misma categoría
en el Ayuntamiento de Mejorada del Campo, de personal funcionario interino o de personal
laboral temporal con la puntuación obtenida para contrataciones temporales por cobertura de
vacante o sustituciones de larga duración.
14. Datos de carácter personal
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Mejorada del Campo y en la página web municipal, cuando así lo requiera la
tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad
o documento equivalente, en la forma prevista legalmente.
15. Recursos
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a quienes
participen en el proceso de selección, y tanto la presente convocatoria como sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal Calificador podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 7/1985,
de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y Ley 39/2015, del 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en su caso
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
BOCM-20221104-79
16. Entrada en vigor
Las presentes bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Mejorada del Campo, a 25 de octubre de 2022.—El concejal de Obras Públicas,
Recursos Humanos, Régimen Interior, Seguridad Ciudadana y Festejos, por delegación de
la Alcaldía (Decreto 914/2019, de 21 de junio), Isidoro García Bravo.
(03/20.775/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 263
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 331
11.2. La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará dentro del plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su
nombramiento como funcionarios de carrera.
12. Contratación de personal laboral fijo
12.1. Concluidos los procesos selectivos para cubrir plazas de personal laboral fijo,
las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán contratados como personal laboral fijo previa resolución del concejaldelegado de Personal, con indicación del destino adjudicado.
12.2. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el concejal-delegado de
Personal resolverá la contratación. Los aspirantes seleccionados que hubiesen superado el
proceso selectivo deberán formalizar su contrato en el plazo máximo de un mes, contado a
partir de la fecha de la notificación de la resolución de contratación.
12.3. El aspirante que no materialice su contratación en el plazo señalado sin causa
justificada decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido.
13. Formación de listas de espera
Dado que la vinculación del personal temporal o funcionario interino es exclusivamente con la plaza desempeñada, las convocatorias de estabilización que se publiquen podrán
prever para aquellas personas que ocupando dicha plaza no superen el proceso selectivo, su
inclusión en listas de espera de carácter preferente sobre las existentes de la misma categoría
en el Ayuntamiento de Mejorada del Campo, de personal funcionario interino o de personal
laboral temporal con la puntuación obtenida para contrataciones temporales por cobertura de
vacante o sustituciones de larga duración.
14. Datos de carácter personal
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Mejorada del Campo y en la página web municipal, cuando así lo requiera la
tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad
o documento equivalente, en la forma prevista legalmente.
15. Recursos
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a quienes
participen en el proceso de selección, y tanto la presente convocatoria como sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal Calificador podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 7/1985,
de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y Ley 39/2015, del 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en su caso
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
BOCM-20221104-79
16. Entrada en vigor
Las presentes bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Mejorada del Campo, a 25 de octubre de 2022.—El concejal de Obras Públicas,
Recursos Humanos, Régimen Interior, Seguridad Ciudadana y Festejos, por delegación de
la Alcaldía (Decreto 914/2019, de 21 de junio), Isidoro García Bravo.
(03/20.775/22)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791