Torremocha de Jarama (BOCM-20221103-82)
Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 359
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
82
TORREMOCHA DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221103-82
Aprobado en Pleno, de 20 de octubre de 2022, la modificación del artículo 13 la ordenanza fiscal reguladora impuesto bienes inmuebles. De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de 30 días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento. En el caso
de no presentarse reclamaciones en el citado plazo se entenderá definitivamente aprobado el
acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Torremocha de Jarama, a 21 de octubre de 2022.—El alcalde-presidente, Carlos
Rivera Rivera.
(03/20.490/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 359
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
82
TORREMOCHA DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221103-82
Aprobado en Pleno, de 20 de octubre de 2022, la modificación del artículo 13 la ordenanza fiscal reguladora impuesto bienes inmuebles. De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de 30 días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento. En el caso
de no presentarse reclamaciones en el citado plazo se entenderá definitivamente aprobado el
acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Torremocha de Jarama, a 21 de octubre de 2022.—El alcalde-presidente, Carlos
Rivera Rivera.
(03/20.490/22)
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ISSN 1989-4791