B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221103-13)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de una aspirante en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, por el turno libre, en la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 79
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
13
RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se
procede a declarar la exclusión de una aspirante en las pruebas selectivas para
el acceso a la condición de personal estatutario fijo, por el turno libre, en la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria del Servicio Madrileño de
Salud, por incumplimiento de requisitos.
Por Resolución de 7 de febrero de 2019, la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones Labores del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de febrero) convocó pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, por el turno libre, en la categoría de Médico de Familia de
Atención Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.
La base segunda de la convocatoria en su apartado 2.1.f) establece como requisito para
ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la
Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo
de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de
Salud, cualquiera que sea su situación administrativa”. Este requisito, al igual que el resto
de los establecidos en la base segunda, deberá poseerse el día de la finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
En virtud de lo establecido en la mencionada base, por el Tribunal de las pruebas selectivas de Médico de Familia de Atención Primaria, se inicia el procedimiento establecido
en la base sexta de la convocatoria, quedando constatada la condición de personal estatutario fijo en dicha categoría de la aspirante abajo relacionada, en el Servicio Riojano de Salud, publicado en el “Boletín Oficial de la Rioja” número 112, de 14 de junio de 2022.
Vista la sentencia del Tribunal Supremo número 823/2021, sobre recurso de casación,
que fija como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en
los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del trámite de audiencia a la interesada carece de efecto invalidante cuando tal omisión
no produce indefensión real material.
En el caso que se indica en esta resolución ha quedado acreditada por la Institución Sanitaria referida la toma de posesión como personal estatutario fijo en la categoría de Médico
de Familia de Atención Primaria, por lo que la omisión del trámite de audiencia establecido
en la base sexta de la convocatoria no produce indefensión real material.
Verificada la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria de la persona referida, el Tribunal Calificador eleva a esta Dirección General la propuesta de su exclusión del proceso selectivo.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General, en uso de las competencias que
tiene atribuidas en el 10 del Decreto 2/2022, de 26 de enero, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,
Declarar la exclusión de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria del Servicio
de Salud de la Comunidad de Madrid, convocadas por Resolución de esta Dirección General
de 7 de febrero de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de febrero),
de la siguiente aspirante, por incumplir el requisito exigido en la base 2.1.f) de la convocatoria “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que
BOCM-20221103-13
RESUELVE
B.O.C.M. Núm. 262
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2022
Pág. 79
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
13
RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se
procede a declarar la exclusión de una aspirante en las pruebas selectivas para
el acceso a la condición de personal estatutario fijo, por el turno libre, en la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria del Servicio Madrileño de
Salud, por incumplimiento de requisitos.
Por Resolución de 7 de febrero de 2019, la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones Labores del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de febrero) convocó pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, por el turno libre, en la categoría de Médico de Familia de
Atención Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.
La base segunda de la convocatoria en su apartado 2.1.f) establece como requisito para
ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la
Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo
de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de
Salud, cualquiera que sea su situación administrativa”. Este requisito, al igual que el resto
de los establecidos en la base segunda, deberá poseerse el día de la finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
En virtud de lo establecido en la mencionada base, por el Tribunal de las pruebas selectivas de Médico de Familia de Atención Primaria, se inicia el procedimiento establecido
en la base sexta de la convocatoria, quedando constatada la condición de personal estatutario fijo en dicha categoría de la aspirante abajo relacionada, en el Servicio Riojano de Salud, publicado en el “Boletín Oficial de la Rioja” número 112, de 14 de junio de 2022.
Vista la sentencia del Tribunal Supremo número 823/2021, sobre recurso de casación,
que fija como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en
los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del trámite de audiencia a la interesada carece de efecto invalidante cuando tal omisión
no produce indefensión real material.
En el caso que se indica en esta resolución ha quedado acreditada por la Institución Sanitaria referida la toma de posesión como personal estatutario fijo en la categoría de Médico
de Familia de Atención Primaria, por lo que la omisión del trámite de audiencia establecido
en la base sexta de la convocatoria no produce indefensión real material.
Verificada la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria de la persona referida, el Tribunal Calificador eleva a esta Dirección General la propuesta de su exclusión del proceso selectivo.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General, en uso de las competencias que
tiene atribuidas en el 10 del Decreto 2/2022, de 26 de enero, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,
Declarar la exclusión de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria del Servicio
de Salud de la Comunidad de Madrid, convocadas por Resolución de esta Dirección General
de 7 de febrero de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de febrero),
de la siguiente aspirante, por incumplir el requisito exigido en la base 2.1.f) de la convocatoria “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que
BOCM-20221103-13
RESUELVE