D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221102-69)
Convenio –  Convenio de 29 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo, para el desarrollo del “Proyecto punto activo para PP. MM. VII edición” en el marco de la VII edición del programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 261

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 2 DE NOVIEMBRE DE 2022

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ra, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo (en adelante, el Ayuntamiento) para el desarrollo del “Proyecto punto activo para PP. MM. VII edición” (en adelante, el Proyecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre
la población, según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del
Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de
abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición
de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Proyecto punto activo para PP. MM. VII edición” es un programa estándar de iniciación y/o continuación a la práctica de ejercicio saludable para personas adultas, y especialmente sedentarias. Se trata de la continuidad de una actuación de Actividad Física y Salud
en el municipio, a la que se puedan ir sumando otros programas complementarios que vayan en la dirección de incorporar a la mayoría de la población a la práctica regular del ejercicio físico, y promover un estilo de vida más activo y saludable.
Es un proyecto de captación y acceso de usuarios sedentarios y salida de usuarios formados para una práctica de actividad física autosuficiente, bien generando grupos autónomos para realizar la actividad o bien accediendo a otras actividades que ofrezca el Ayuntamiento o los operadores privados de su entorno. Estos usuarios ya autosuficientes tendrán
en todo caso la posibilidad de consultar con el monitor de cada Punto, al que podrán acudir
ante cualquier duda o cuestión. Se considera clave el formar a los usuarios para que puedan
practicar de manera autónoma, conformando grupos autosuficientes de práctica de ejercicio, y/o accediendo a otras actividades físicas y deportivas del municipio.
Se realizarán dos sesiones semanales por cada grupo (dos grupos), con unas rutinas variables; recorridos caminando, tonificación, flexibilidad, movilidad... utilizando los elementos saludables y del entorno.
Se intercalarán jornadas de prueba de otras actividades que ofrezca el Ayuntamiento a
los usuarios para que se produzca el acercamiento y conocimiento de las mismas y la ruptura de tabúes para el acercamiento a su práctica, de cara a una derivación al finalizar el
tiempo de su participación en el programa.
Por último, se realizarán tres actividades, rutas por la “Sierra Norte” “Vía verde del Tajuña” y “Aranjuez”.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará
con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 6.774,03 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 95 por 100 del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 7.130,56 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, pu-

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Obligaciones de la Comunidad de Madrid