D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221101-11)
Convenio – Convenio de 30 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y el Ayuntamiento de Braojos, para el desarrollo del Proyecto “Braojos se mueve!!” en el marco de la VII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
Pág. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 260
establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud
y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de
actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Braojos se mueve!!” es un programa dirigido a realizar una intervención en la salud
a través del ejercicio físico que pretende favorecer la adquisición de hábitos saludables para
población adulta y mayor del municipio.
Las acciones que se desarrollarán serán un taller de pilates y un taller de movimiento
y expresión corporal.
El taller de pilates contará con una periodicidad de dos días a la semana con una hora
de duración cada sesión. Este taller tiene como objetivos promocionar la práctica regular de
la actividad física en la etapa adulta y conseguir un equilibrio físico, a través de la práctica
del pilates, que mejore huesos y articulaciones y aporte una mayor flexibilidad.
El taller de movimiento y expresión corporal supone una innovación este año. Está dirigido a los más mayores y es una forma de atraer la atención de aquellos usuarios derivados del Centro de Salud. Es una propuesta con ejercicios más relajados y que buscan interactuar con otras disciplinas que ejercen de terapia física y cognitiva. Contará con una
sesión al mes de dos horas de duración.
Mensualmente se hará una evaluación de los usuarios del Centro de Salud, y se coordinarán tareas con la trabajadora social para el seguimiento del programa.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
— Realizar la aportación económica máxima total de 3.790,50 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 95 por 100 del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 3.990 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos
el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto. La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las actividades
y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
BOCM-20221101-11
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
Pág. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE NOVIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 260
establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud
y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de
actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Braojos se mueve!!” es un programa dirigido a realizar una intervención en la salud
a través del ejercicio físico que pretende favorecer la adquisición de hábitos saludables para
población adulta y mayor del municipio.
Las acciones que se desarrollarán serán un taller de pilates y un taller de movimiento
y expresión corporal.
El taller de pilates contará con una periodicidad de dos días a la semana con una hora
de duración cada sesión. Este taller tiene como objetivos promocionar la práctica regular de
la actividad física en la etapa adulta y conseguir un equilibrio físico, a través de la práctica
del pilates, que mejore huesos y articulaciones y aporte una mayor flexibilidad.
El taller de movimiento y expresión corporal supone una innovación este año. Está dirigido a los más mayores y es una forma de atraer la atención de aquellos usuarios derivados del Centro de Salud. Es una propuesta con ejercicios más relajados y que buscan interactuar con otras disciplinas que ejercen de terapia física y cognitiva. Contará con una
sesión al mes de dos horas de duración.
Mensualmente se hará una evaluación de los usuarios del Centro de Salud, y se coordinarán tareas con la trabajadora social para el seguimiento del programa.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
— Realizar la aportación económica máxima total de 3.790,50 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 95 por 100 del total del coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 3.990 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos
el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto. La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las actividades
y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
BOCM-20221101-11
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a: