D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221101-8)
Convenio –  Convenio de 29 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y el Ayuntamiento de Brunete, para el desarrollo del Proyecto “Salud + Activa. Brunete” en el marco de la VII edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 260

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE NOVIEMBRE DE 2022

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establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud
y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 454/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VII edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
“Salud + Activa. Brunete” pretende fomentar la práctica de actividad física en los vecinos con más incidencia de sedentarismo e inactividad física, con el objetivo último de mejorar la salud de la población. Se dirige a personas sedentarias e/o inactivas de más de 35
años que acuden al Centro de Salud y que no padecen enfermedades que impidan la práctica de ejercicio físico. No podrán participar en el programa ni quienes ya realicen alguna actividad física o práctica deportiva de forma regular, ni quienes presenten patologías que
contraindiquen la práctica deportiva moderada o necesiten conocimientos específicos técnicos complejos por parte de los técnicos encargados de impartirla.
Desde el Centro de Salud del municipio, en colaboración con los servicios deportivos
municipales, se deriva a personas sedentarias e/o inactivas a los servicios deportivos municipales, para participar en un taller de iniciación a la práctica deportiva, creado específicamente para estos usuarios.
El taller de iniciación se compone de sesiones formativas, prácticas y de evaluación, y
se desarrolla bajo la dirección de la figura del “promotor de actividad física”, quien finalmente propondrá un plan de acción para cada usuario al finalizar el mismo.
Las sesiones prácticas se corresponderán con actividades deportivas seleccionadas del catálogo de servicios municipales o de otros municipios limítrofes, y con actividades no incluidas en dichos servicios, pero susceptibles de realizar a título particular por los participantes.
La duración del taller será de seis semanas y contará con un total de dieciséis sesiones,
tres formativas, diez prácticas y tres de evaluación.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 1.589,52 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 80,00 por 100 del total del
coste ajustado del Proyecto, cuya estimación asciende a 1.986,90 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del Proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2023. El coste de las
actividades de 2022 correrá a cargo del Ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2023, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe
máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y
educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista
crédito adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará
por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del
Proyecto. La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se
detallarán las actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el
número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que,
en su caso, se hubieran elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 18 de julio de 2023.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente

BOCM-20221101-8

Obligaciones de la Comunidad de Madrid