Nuevo Baztán (BOCM-20221031-85)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 259
LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 331
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
NUEVO BAZTÁN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo del Pleno, de fecha 15 de septiembre de 2022, del Ayuntamiento de Nuevo
Baztán, por el que se aprueban definitivamente los expedientes de modificación de créditos números 13 y 14/2022 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones.
Aprobados definitivamente los expedientes de suplemento de crédito financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, lo que se publica a los efectos
del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
MC N.º 13/2022
BAJA EN PARTIDA DE GASTOS
Capítulo 6
Operaciones Capital. Inversiones reales
589.837,71 €
TOTAL
589.837,71 €
Capítulo 2
Operaciones Corrientes. Gastos corrientes en bienes y servicios
392.450,01 €
Capítulo 3
Operaciones Corrientes. Gastos Financieros
Capítulo 4
Operaciones Corrientes. Transferencias corrientes
Capítulo 6
Operaciones Capital. Inversiones reales
SUPLEMENTOS DE CRÉDITO
20.000,00 €
125.000,00 €
52.387,70 €
TOTAL
589.837,71 €
MC N.º 14/2022
BAJA EN PARTIDA DE GASTOS
Capítulo 6
Operaciones Capital. Inversiones reales
504.752,93 €
TOTAL
504.752,93 €
Capítulo 2
Operaciones Corrientes. Gastos corrientes en bienes y servicios
146.611,38 €
Capítulo 6
Operaciones Capital. Inversiones reales
358.141,55 €
SUPLEMENTOS DE CRÉDITO
504.752,93 €
Además queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2,
apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas
Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa
finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o acuerdo impugnado.
BOCM-20221031-85
TOTAL
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 259
LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 331
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
NUEVO BAZTÁN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Acuerdo del Pleno, de fecha 15 de septiembre de 2022, del Ayuntamiento de Nuevo
Baztán, por el que se aprueban definitivamente los expedientes de modificación de créditos números 13 y 14/2022 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones.
Aprobados definitivamente los expedientes de suplemento de crédito financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, lo que se publica a los efectos
del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
MC N.º 13/2022
BAJA EN PARTIDA DE GASTOS
Capítulo 6
Operaciones Capital. Inversiones reales
589.837,71 €
TOTAL
589.837,71 €
Capítulo 2
Operaciones Corrientes. Gastos corrientes en bienes y servicios
392.450,01 €
Capítulo 3
Operaciones Corrientes. Gastos Financieros
Capítulo 4
Operaciones Corrientes. Transferencias corrientes
Capítulo 6
Operaciones Capital. Inversiones reales
SUPLEMENTOS DE CRÉDITO
20.000,00 €
125.000,00 €
52.387,70 €
TOTAL
589.837,71 €
MC N.º 14/2022
BAJA EN PARTIDA DE GASTOS
Capítulo 6
Operaciones Capital. Inversiones reales
504.752,93 €
TOTAL
504.752,93 €
Capítulo 2
Operaciones Corrientes. Gastos corrientes en bienes y servicios
146.611,38 €
Capítulo 6
Operaciones Capital. Inversiones reales
358.141,55 €
SUPLEMENTOS DE CRÉDITO
504.752,93 €
Además queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2,
apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas
Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa
finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o acuerdo impugnado.
BOCM-20221031-85
TOTAL