Fuenlabrada (BOCM-20221031-74)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 259
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 319
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74
FUENLABRADA
En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar la siguiente resolución:
Visto que se dictó la resolución 2022/8578, de 13 de octubre de 2022, del siguiente tenor:
“Que en virtud de decreto de esta Alcaldía-Presidencia, de 2 de julio, se nombró a don
Raúl Delgado Hernández como concejal-delegado en materia de feminismo y diversidad.
El desempeño de la citada delegación conllevaba dedicación parcial en un 75 por 100.
Resultando necesario a fecha actual, previo interés del concejal delegado en materia
de feminismo y diversidad, realizar cambios en las dedicaciones otorgadas a diferentes concejales miembros de la corporación municipal.
Considerando el acuerdo de Pleno de 12 de julio de 2019, relativo a las retribuciones
de los miembros de la Corporación, en consonancia con lo establecido por el Reglamento
Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
Considerando lo establecido por el artículo 75, apartados 1 y 3, de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local:
Los miembros de las Corporaciones Locales percibirán retribuciones por el ejercicio de
sus cargos cuando los desempeñen con dedicación exclusiva, en cuyo caso serán dados de alta
en el régimen general de la Seguridad Social, asumiendo las Corporaciones el pago de las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo dispuesto en el artículo anterior.
En el supuesto de tales retribuciones, su percepción será incompatible con la de otras
retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes,
organismos o empresas de ellas dependientes, así como para el desarrollo de otras actividades, todo ello en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Las Corporaciones Locales consignarán en sus presupuestos las retribuciones, indemnizaciones y asistencias a que se hace referencia en los cuatro números anteriores, dentro
de los límites que con carácter general se establezcan, en su caso. Deberán publicarse íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y fijarse en el tablón de
anuncios de la Corporación los acuerdos plenarios referentes a retribuciones de los cargos
con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de estos últimos, indemnizaciones y asistencias, así como los acuerdos del presidente de la Corporación, determinando
los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la
legislación vigente, resuelvo:
Primero.—Otorgar dedicación exclusiva para el desempeño de sus funciones como
concejal-delegado en materia de feminismo y diversidad a don Raúl Delgado Hernández.
Segundo.—Dar traslado de la presente resolución al interesado.
Tercero.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y dar cuenta de la misma al Pleno Municipal”.
Visto que se ha detectó un error material en cuanto al orden de los apellidos del concejal-delegado en materia de feminismo y diversidad.
Visto lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que dispone: “Revocación de actos y rectificación de errores” apartado 2: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados,
los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos”, procede rectificar
dicho error material.
BOCM-20221031-74
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
B.O.C.M. Núm. 259
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 319
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74
FUENLABRADA
En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar la siguiente resolución:
Visto que se dictó la resolución 2022/8578, de 13 de octubre de 2022, del siguiente tenor:
“Que en virtud de decreto de esta Alcaldía-Presidencia, de 2 de julio, se nombró a don
Raúl Delgado Hernández como concejal-delegado en materia de feminismo y diversidad.
El desempeño de la citada delegación conllevaba dedicación parcial en un 75 por 100.
Resultando necesario a fecha actual, previo interés del concejal delegado en materia
de feminismo y diversidad, realizar cambios en las dedicaciones otorgadas a diferentes concejales miembros de la corporación municipal.
Considerando el acuerdo de Pleno de 12 de julio de 2019, relativo a las retribuciones
de los miembros de la Corporación, en consonancia con lo establecido por el Reglamento
Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
Considerando lo establecido por el artículo 75, apartados 1 y 3, de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local:
Los miembros de las Corporaciones Locales percibirán retribuciones por el ejercicio de
sus cargos cuando los desempeñen con dedicación exclusiva, en cuyo caso serán dados de alta
en el régimen general de la Seguridad Social, asumiendo las Corporaciones el pago de las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo dispuesto en el artículo anterior.
En el supuesto de tales retribuciones, su percepción será incompatible con la de otras
retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes,
organismos o empresas de ellas dependientes, así como para el desarrollo de otras actividades, todo ello en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Las Corporaciones Locales consignarán en sus presupuestos las retribuciones, indemnizaciones y asistencias a que se hace referencia en los cuatro números anteriores, dentro
de los límites que con carácter general se establezcan, en su caso. Deberán publicarse íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y fijarse en el tablón de
anuncios de la Corporación los acuerdos plenarios referentes a retribuciones de los cargos
con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de estos últimos, indemnizaciones y asistencias, así como los acuerdos del presidente de la Corporación, determinando
los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la
legislación vigente, resuelvo:
Primero.—Otorgar dedicación exclusiva para el desempeño de sus funciones como
concejal-delegado en materia de feminismo y diversidad a don Raúl Delgado Hernández.
Segundo.—Dar traslado de la presente resolución al interesado.
Tercero.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y dar cuenta de la misma al Pleno Municipal”.
Visto que se ha detectó un error material en cuanto al orden de los apellidos del concejal-delegado en materia de feminismo y diversidad.
Visto lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que dispone: “Revocación de actos y rectificación de errores” apartado 2: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados,
los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos”, procede rectificar
dicho error material.
BOCM-20221031-74
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