C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221031-22)
Liquidación Consorcio Urbanístico –  Orden 3332/2022, de 3 de octubre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, de aceptación de una parcela y una participación indivisa adjudicadas a la Comunidad de Madrid en el proceso de liquidación del Consorcio Urbanístico “Espartales Norte” de Alcalá de Henares
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 259

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2022

Pág. 127

Al ente consorciado Comunidad de Madrid se le adjudica una parcela y una participación indivisa según el siguiente detalle:
REFERENCIA CATASTRAL

VALOR CONTABLE (€)

Parcela TC-2

DENOMINACIÓN
COMERCIAL

USO

9046501VK6894N0001KW

1.751.715,00

Parcela RU-16 (proindiviso)
Participación Indivisa 74,4598025388%

RESIDENCIAL UNIFAMILIAR

9549302VK6894N0001JW

372.802,33

TOTAL

2.124.517,33

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura es competente en relación
con el patrimonio de suelo afecto a actuaciones urbanísticas, por aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional primera de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de
Patrimonio de la Comunidad de Madrid, cuyo tenor literal se transcribe a continuación:
“La Consejería competente por razón de la materia ejercitará las facultades atribuidas
en esta Ley a la Consejería de Presidencia y Hacienda en relación con el patrimonio del suelo afecto a actuaciones urbanísticas y el de promoción pública de la vivienda sin perjuicio
de las que correspondan al Organismo autónomo Instituto de la Vivienda de Madrid de
acuerdo con su normativa específica”.
El Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, publicado el 18 de noviembre de 2021, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, establece en su artículo 15, apartado 2, las competencias de la Dirección General
de Suelo en materia de suelo y consorcios urbanísticos atribuyéndole, entre otras, las siguientes:
d) La tramitación de los procedimientos relativos a la administración y gestión de los
bienes y derechos integrantes del patrimonio del suelo a los que se refiere la disposición adicional primera de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la
Comunidad de Madrid.
i) La gestión de los expedientes de explotación, adscripción, afectación y disposición,
según corresponda, de los bienes y derechos integrantes del patrimonio del suelo.
En cuanto a la finalidad de la parcela y participación indivisa adjudicadas, al tratarse
de bienes patrimoniales compatibles con el destino de los bienes integrantes del patrimonio
público del suelo definido en el artículo 176 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de
la Comunidad de Madrid, procede su afectación expresa, así como la integración de las mismas en el inventario de suelo afecto a actuaciones urbanísticas, gestionado por la Dirección
General de Suelo.
En virtud de lo anteriormente expuesto,
DISPONGO

Aceptar la integración de la parcela denominada TC-2 y la participación indivisa de la
parcela denominada RU-16 en Sector “Espartales Norte”, Sector 115A, de Alcalá de Henares (Madrid), adjudicadas a la Comunidad de Madrid en el proceso de liquidación del Consorcio Urbanístico “Espartales Norte” de Alcalá de Henares conforme establece la propuesta de liquidación acordada en su Consejo de Administración de 28 de junio de 2022, con
fecha de efectos desde el día de la firma de la presente Orden, para su formalización e inscripción en el Registro de la Propiedad.
Segundo
Afectar la parcela y la participación indivisa objeto de la presente Orden al Patrimonio Público de Suelo, conforme a lo dispuesto en el Art. 174.1e) de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con fecha de efectos desde el día de la firma
de la presente Orden.

BOCM-20221031-22

Primero