D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221031-29)
Convenio –  Adenda de 6 de octubre de 2022, de modificación al convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid y la Mancomunidad del Este, para la gestión de residuos urbanos
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 160

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 259

En el caso de no aprobarse el calendario en la fecha prevista, en enero de 2026 se redistribuirán las toneladas no retiradas, en el plazo de vida útil pendiente del vertedero, prorrateadas por trimestres.
Las cantidades mínimas a trasladar serán las que se recogen a continuación. Las cantidades adicionales a las mínimas previstas se redistribuirán en función de las necesidades
organizativas, el último trimestre del año se trasladará la cantidad que quede pendiente hasta completar el mínimo anual.
Año 2022: 25.400 toneladas al año con los siguientes mínimos parciales:
— Fase 1-A de 18 de febrero a 30 de marzo: 500 toneladas.
— Fase 1-B de 1 de abril a 30 de junio: 1.500 toneladas.
— Fase 2:
d 5.000 toneladas de 1 de julio a 30 de septiembre.
d 5.000 toneladas de 1 de octubre a 31 de diciembre.
Años sucesivos de 2023 a 2025: 25.400 t al año, se establece un mínimo de 5.000 toneladas al trimestre, cantidad que se podrá modificar por acuerdo de las partes respetando
los mínimos anuales.
El plazo para la aprobación del calendario recogido en este documento será de 6 meses desde la fecha de la 12.a esta Comisión de Seguimiento. Con esta finalidad se propondrá la modificación del convenio para adecuarlo con este calendario. Una vez tramitada y
aprobada la modificación del convenio quedará aprobado automáticamente este calendario.
Una vez aprobado este calendario sustituirá al actualmente vigente y se aplicará retroactivamente desde el mes de febrero de 2022, considerándose vigente, si se aprueba, desde dicha fecha del mes de febrero.
En relación con el nuevo calendario serán de aplicación las mismas previsiones del
convenio, relativas a cuestiones como costes y sanciones.
Sexto
Vista la propuesta de modificación del Convenio aprobada por la Comisión de Seguimiento para dar cumplimiento a la obligación de reciprocidad establecida en el Convenio,
las partes intervinientes acuerdan suscribir esta adenda con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS

Modificar la cláusula séptima, “Vigencia”, que queda redactada como sigue:
“El presente Convenio comenzará su vigencia el día de su firma, con una duración prevista de cuatro años. La etapa inicial de envío de residuos a Valdemingómez tendrá una duración de diez meses a contar desde la vigencia del convenio, salvo que el Complejo de Loeches esté operativo antes. Asimismo, la Comisión de Seguimiento podrá acordar, por
unanimidad y si las circunstancias que concurren así lo hacen necesario, que esta etapa se
prolongue por un período máximo de hasta seis meses. Tras esta etapa todos los municipios
de la Mancomunidad del Este dejarán de enviar sus residuos al PTV.
La reciprocidad se desarrollará, de conformidad con el calendario que apruebe la Comisión de Seguimiento. En el plazo de dos meses desde la aprobación del Convenio, la
Mancomunidad presentará a la Comisión de seguimiento un avance de la evolución del proyecto del Complejo de Loeches. A los dos meses desde esta presentación se aprobará por
la Comisión de seguimiento el calendario de reciprocidad atendiendo a: las necesidades técnicas de las instalaciones, y a las toneladas afectadas por la obligación de reciprocidad según el informe previsto al efecto en el Anexo I. Si no se aprueba el calendario en este plazo, el Ayuntamiento podrá rechazar los residuos procedentes de la Mancomunidad del Este
hasta su aprobación.
Si el cumplimiento de las obligaciones derivadas del convenio, incluida la reciprocidad, hiciera necesario superar la vigencia inicial de cuatro años del convenio, las partes
acordarán, mediante adenda suscrita con anterioridad a la finalización de dicho plazo, la
prórroga de su vigencia por el período de tiempo pendiente para el cumplimiento completo de las obligaciones que derivan del mismo, respetando el máximo de cuatro años adicionales dispuesto por la ley.

BOCM-20221031-29

Primera