C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221028-20)
Regulación concesión ayudas – Acuerdo de 26 de octubre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, previsto en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono de Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 257
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 115
4.- Datos de los demás arrendatarios y demás personas integrantes de la unidad de convivencia (que
tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada).
En el caso de existir otros arrendatarios la solicitud no estará completa sin la aportación del Anexo I.
En el caso de existir convivientes mayores de edad la solicitud no estará completa sin la aportación del Anexo II.
1er Apellido
NIF
2º Apellido
Nombre
Fecha
nacimiento
5.- Datos de la vivienda arrendada:
Tipo de vía
Nº
Nombre vía
Portal
Escalera
Piso
Código
Postal
Puerta
Localidad
Provincia
Madrid
Fecha de celebración del contrato de arrendamiento
Importe del arrendamiento correspondiente a la vivienda
Importe del arrendamiento correspondiente a los anexos (garaje, trastero)
Importe del arrendamiento correspondiente a otros gastos a cargo del arrendatario
(gastos comunitarios, gastos de servicio y suministro, tasas e impuestos)
Solo se subvencionará la parte correspondiente a la vivienda. En el supuesto de no indicar la cuantía de renta mensual se tomará la que
conste en el contrato de arrendamiento o en cualquiera de sus actualizaciones. En el caso de no constar el desglose se aplicarán los
porcentajes indicados en el Acuerdo.
En el caso de suscripción de un nuevo contrato de arrendamiento quedará obligado a comunicar el cambio a la Dirección General de Vivienda
y Rehabilitación en 15 días desde la firma del nuevo contrato, y deberán presentar una nueva solicitud de la ayuda que, en todo caso, solo
podrá reconocerse por las mensualidades restantes hasta completar las 24 mensualidades máximas.
6.- Entidad bancaria de titularidad del arrendador para el ingreso de la subvención:
IBAN
Entidad
Oficina
D.C.
Número de Cuenta
7.- Documentación requerida:
Documentos que se aportan junto a la solicitud
41. UNE A-4
Copia del contrato de arrendamiento.
Volante o certificado de empadronamiento colectivo/familiar (en el que consten todas las personas que
tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda) con indicación de la fecha de alta en dicho
domicilio (histórico), debiendo estar empadronados en el mismo a la fecha de solicitud de la subvención.
BOCM-20221028-20
Copia del permiso de residencia legal en España, si se trata de extranjeros no comunitarios.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 257
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 115
4.- Datos de los demás arrendatarios y demás personas integrantes de la unidad de convivencia (que
tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada).
En el caso de existir otros arrendatarios la solicitud no estará completa sin la aportación del Anexo I.
En el caso de existir convivientes mayores de edad la solicitud no estará completa sin la aportación del Anexo II.
1er Apellido
NIF
2º Apellido
Nombre
Fecha
nacimiento
5.- Datos de la vivienda arrendada:
Tipo de vía
Nº
Nombre vía
Portal
Escalera
Piso
Código
Postal
Puerta
Localidad
Provincia
Madrid
Fecha de celebración del contrato de arrendamiento
Importe del arrendamiento correspondiente a la vivienda
Importe del arrendamiento correspondiente a los anexos (garaje, trastero)
Importe del arrendamiento correspondiente a otros gastos a cargo del arrendatario
(gastos comunitarios, gastos de servicio y suministro, tasas e impuestos)
Solo se subvencionará la parte correspondiente a la vivienda. En el supuesto de no indicar la cuantía de renta mensual se tomará la que
conste en el contrato de arrendamiento o en cualquiera de sus actualizaciones. En el caso de no constar el desglose se aplicarán los
porcentajes indicados en el Acuerdo.
En el caso de suscripción de un nuevo contrato de arrendamiento quedará obligado a comunicar el cambio a la Dirección General de Vivienda
y Rehabilitación en 15 días desde la firma del nuevo contrato, y deberán presentar una nueva solicitud de la ayuda que, en todo caso, solo
podrá reconocerse por las mensualidades restantes hasta completar las 24 mensualidades máximas.
6.- Entidad bancaria de titularidad del arrendador para el ingreso de la subvención:
IBAN
Entidad
Oficina
D.C.
Número de Cuenta
7.- Documentación requerida:
Documentos que se aportan junto a la solicitud
41. UNE A-4
Copia del contrato de arrendamiento.
Volante o certificado de empadronamiento colectivo/familiar (en el que consten todas las personas que
tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda) con indicación de la fecha de alta en dicho
domicilio (histórico), debiendo estar empadronados en el mismo a la fecha de solicitud de la subvención.
BOCM-20221028-20
Copia del permiso de residencia legal en España, si se trata de extranjeros no comunitarios.