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Autorización instalación eléctrica – Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, sobre autorización administrativa y de aprobación del proyecto para la modificación de la subestación eléctrica ISE252 (ST Fuencarral), de 220/132/66/45/20 kV, ubicada en la carretera de Fuencarral-Alcobendas c/v carretera M-40, en el término municipal de Madrid, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. (número expediente: 2021P266-14-0141-00266.5/2021)
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BOCM
Pág. 166
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 257
dad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias,
aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General, en el
uso de sus atribuciones legalmente establecidas,
RESUELVE
Primero
Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la modificación de la subestación de referencia ISE252, de 220/132/66/45/20 kV, denominada “ST Fuencarral”, situada en la carretera de Fuencarral-Alcobendas c/v carretera M-40, en el término municipal de
Madrid, coordenadas UTM ETRS89 X= 443.171; Y= 4.485.551, cuyas características son
las siguientes:
— En el sistema de 66 kV se procederá a una ampliación, con la instalación de dos
nuevas posiciones de línea con configuración de doble barra y aparamenta tipo GIS
con aislamiento integral en SF6 e instalación en interior.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 12 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de
la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias,
informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, en particular, de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con
los propietarios de locales y terrenos.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento
de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, a 9 de septiembre de 2022.—El Director General de Descarbonización y Transición Energética, Fernando Arlandis Pérez.
(02/19.110/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20221028-31
Tercero
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VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 257
dad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias,
aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General, en el
uso de sus atribuciones legalmente establecidas,
RESUELVE
Primero
Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la modificación de la subestación de referencia ISE252, de 220/132/66/45/20 kV, denominada “ST Fuencarral”, situada en la carretera de Fuencarral-Alcobendas c/v carretera M-40, en el término municipal de
Madrid, coordenadas UTM ETRS89 X= 443.171; Y= 4.485.551, cuyas características son
las siguientes:
— En el sistema de 66 kV se procederá a una ampliación, con la instalación de dos
nuevas posiciones de línea con configuración de doble barra y aparamenta tipo GIS
con aislamiento integral en SF6 e instalación en interior.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 12 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de
la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias,
informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, en particular, de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con
los propietarios de locales y terrenos.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento
de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, a 9 de septiembre de 2022.—El Director General de Descarbonización y Transición Energética, Fernando Arlandis Pérez.
(02/19.110/22)
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ISSN 1989-4791
BOCM-20221028-31
Tercero