D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOCM-20221027-32)
Expropiación –  Orden de 22 de septiembre de 2022, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se realiza nueva convocatoria para el levantamiento de actas previas a la ocupación y actas de ocupación temporal de los bienes y derechos afectados con motivo de la ejecución del “Proyecto para la mejora del drenaje exterior de la estación de metro de Hospital del Henares de la línea 7B”, en el término municipal de Coslada
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 256

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Transportes e Infraestructuras
ORDEN de 22 de septiembre de 2022, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se realiza nueva convocatoria para el levantamiento
de actas previas a la ocupación y actas de ocupación temporal de los bienes y
derechos afectados con motivo de la ejecución del “Proyecto para la mejora del
drenaje exterior de la estación de metro de Hospital del Henares de la línea 7B”,
en el término municipal de Coslada.

I. Con fecha 6 de abril de 2022 la Dirección General de Infraestructuras del Transporte Colectivo de la Consejería de Transportes e Infraestructuras aprobó el “Proyecto para la
mejora del drenaje exterior de la estación de metro de Hospital del Henares de la línea 7B”.
El artículo 6.2 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, establece que la aprobación de los proyectos básicos o de construcción tanto de líneas ferroviarias,
tramos de las mismas u otros elementos de éstas, que requieran la utilización de terrenos,
supondrá la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación y la
declaración de urgencia a los efectos de expropiación de los citados terrenos.
II. Por Orden de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de fecha 7 de marzo
de 2022, se resolvió someter a Información Pública la relación de bienes y derechos afectados por el citado proyecto, conforme se establece en el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF).
Las publicaciones se efectuaron en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 4 de abril de 2022, en el diario “ABC” de fecha 31 de marzo de 2022 y la citada Orden fue expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Coslada.
Con fecha 9 de mayo de 2022 se dictó Orden por la que se concluye el trámite de información pública y se aprueba la relación de bienes y derechos afectados.
III. Por Orden de 1 de junio de 2022 se convocó a los propietarios y demás titulares
de los bienes y derechos afectados al levantamiento de las actas previas a la ocupación y/o
actas de ocupación temporal en el Ayuntamiento de Coslada.
La orden fue publicada en los periódicos “El País” y “Expansión” el 7 de junio de 2022,
y el día 17 de junio de 2022 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y se
solicitó mediante escrito recibido en el Ayuntamiento de Coslada el día 17 de junio de 2022
su publicación en el tablón de edictos, conforme establece el artículo 52 LEF.
Sin embargo, con fecha 6 de julio de 2022, el Ayuntamiento de Coslada comunicó en
diligencia expedida al efecto, que por error no se realizó la publicación en el tablón de edictos municipal y que tal omisión fue detectada una vez pasada la fecha de la convocatoria
para el levantamiento de actas previas, que tuvo lugar los días 29 y 30 de junio de 2022.
IV. La regla 2.a del artículo 52 de la LEF establece que la notificación a los interesados debe efectuarse con una antelación mínima de ocho días, y realizarse la publicación
por edictos en los tablones oficiales, boletín oficial correspondiente y en anuncio en dos periódicos.
No habiéndose realizado la publicación mediante edictos en el Ayuntamiento de Coslada, procede la subsanación del procedimiento mediante la realización de una nueva convocatoria de levantamiento de actas previas a la ocupación, con citación a los titulares de
los bienes y derechos afectados que no han comparecido y que deberán personarse en el día
y hora recogidos en el Anexo Único en las dependencias municipales al objeto de proceder
al levantamiento de las actas previas a la ocupación y actas de ocupación temporal, con traslado, en su caso, a las fincas afectadas para la toma de datos si fuera necesario.
Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.
A dicho acto deberán asistir los afectados personalmente o bien mediante representante en los términos previstos en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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