D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221027-27)
Convocatoria contrato –  Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, por la que se hace pública la ampliación de plazos en la licitación del contrato de “Servicios de redacción del anteproyecto, del proyecto básico y de ejecución de obras, la redacción del estudio de seguridad y salud, del estudio de gestión de residuos y la dirección facultativa de las obras (dirección de obra, dirección de ejecución de obra y coordinación de seguridad y salud en obra) del Centro Sanitario de Cuidados y Recuperación Funcional Sierra Norte”, por procedimiento abierto con pluralidad de criterios
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BOCM

JUEVES 27 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 256

5. Duración del contrato: 18 meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de firma del contrato.
6. Duración máxima del contrato, incluidas las prórrogas: 18 meses, al no contemplar prórroga.
III. Condiciones de participación y procedimiento
1. Condiciones de participación:
a) Requisitos de los operadores económicos:
Habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del contrato:
— Procede: Sí.
— Tipo: El arquitecto titular debe ser Arquitecto colegiado. Deberá acreditarse
mediante la presentación de cualquier documento que acredite el número de
colegiado.
b) Solvencia económica y financiera: Artículo 87 de la Ley 9/2017.
— Criterios de selección: El licitador deberá acreditar, por medio de sus cuentas
anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en
el registro oficial en que deba estar inscrito, un volumen global de negocios
referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, de una vez
y media el valor anual medio del contrato, según consta en la tabla incorporada en este mismo apartado 7 de la cláusula 1.
Se entiende como un criterio que cumple con uno de los pilares básicos de la
Ley, que es el principio de proporcionalidad.
Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones
de presentar las referencias solicitadas, podrá acreditar el cumplimiento de
solvencia económica y financiera aportando la documentación correspondiente a su patrimonio neto, al cierre del último ejercicio económico para el
que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe
igual o superior, al menos, a una vez y media el valor anual medio del contrato (artículo 87.1.c de la LCSP).
c) Solvencia técnica: Artículo 90.1a) de la Ley 9/2017.
— Criterios de selección: El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o
profesional será el de la experiencia en la realización de trabajos, que se acreditará mediante la presentación de los siguientes documentos:
1. Relación de los trabajos efectuados por el interesado en un período superior a los tres últimos años, vinculados o relacionados con el objeto del
contrato, avalados por certificados, y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior
al 70 por 100 de la anualidad media del contrato, según consta en la tabla
incorporada en este mismo apartado 7 de la cláusula 1, conforme a lo dispuesto en el artículo 90.2 de la LCSP.
2. Con los medios descritos a continuación:
a) Experiencia de, al menos, tres años en la redacción de proyectos de
ejecución de edificios sanitarios, bien de nueva planta, ampliación o
de reforma en los últimos diez años. Se deberá especificar el tipo de
trabajo realizado sobre el que se incluirá una tabla con la siguiente información como mínimo, para poder comprobar los datos solicitados:
– Descripción completa del trabajo.
– Centro sanitario.
– Tipo de centro sanitario (publico/privado).
– Tipo de obra (nueva planta/reforma y/o ampliación).
– Área de la actuación, superficie afectada y ubicación dentro del
edificio sanitario.
– Fecha de inicio.
– Fecha de fin.

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