D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221027-20)
Convenio –  Convenio de colaboración de 6 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el centro de formación MSL Formación, S. L., para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral y/o vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 256

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE OCTUBRE DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
20

CONVENIO de colaboración de 6 de octubre de 2022, entre la Comunidad de
Madrid y el centro de formación MSL Formación, S. L., para la información,
orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral y/o vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad de
Madrid, en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU.
REUNIDOS

De una parte, don Alfredo Timermans del Olmo, Viceconsejero de Empleo nombrado por
Decreto 128/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las competencias recogidas en Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra
el Protectorado de Fundaciones, en relación con el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, don Víctor Velado Quintero, en su condición de administrador de la
entidad de formación MSL Formación, S. L., con CIF: B-86420890, y domicilio social
en Madrid, en calle Marqués de Ahumada, número 7, segunda, y código postal 28028, en
virtud de las facultades que le otorgan los estatutos y el poder de representación otorgado 27 de octubre de 2021 ante el notario de Madrid, don Javier de Lucas y Cadenas, con
el número 4.815 de su protocolo.
Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente su capacidad legal y competencia para formalizar el presente convenio.

1. Como se indica en el expositivo de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de
Ordenación e Integración de la Formación Profesional, en nuestro país hay personas que
disponen de conocimientos y habilidades profesionales por haberlas adquirido a través de la
experiencia laboral, pero, sin embargo, no tienen, una forma fácil y eficaz de reconocer y certificar esos conocimientos. El modelo diseñado en la nueva Ley integra, junto a las ofertas de
formación profesional, la orientación profesional y la acreditación de competencias adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales, como piedras angulares del
nuevo sistema. El artículo 90.2 de la citada Ley, señala que la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales,
tendrá como referente el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, modificado por Real Decreto 143/2021, de 9 de
marzo, establece el procedimiento y los requisitos para la evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no
formales de formación, así como los efectos de su acreditación.
La necesidad de impulsar los procedimientos de acreditación de las competencias profesionales ha quedado plasmada en el Plan de Modernización de la Formación Profesional
del Ministerio de Educación y Formación Profesional a nivel estatal, así como en La Estrategia Madrid por el Empleo, a nivel autonómico, siendo una de las medidas para la mejora
de la empleabilidad el desarrollo de acreditación de competencias profesionales adquiridas
mediante la experiencia profesional u otras vías no formales de formación, en función de las
necesidades de las personas y del sistema productivo. Entre las principales novedades incor-

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