C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221025-12)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 3076/2022, de 14 de octubre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico para la concesión directa de subvenciones a las seis universidades públicas de la Comunidad de Madrid, destinadas a la compensación de las cantidades dejadas de percibir por aplicación a los estudiantes de la bajada de precios públicos universitarios en el curso 2022-2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 254

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE OCTUBRE DE 2022

Pág. 91

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
ORDEN 3076/2022, de 14 de octubre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico para la concesión directa de subvenciones a las seis universidades públicas de la Comunidad
de Madrid, destinadas a la compensación de las cantidades dejadas de percibir
por aplicación a los estudiantes de la bajada de precios públicos universitarios
en el curso 2022-2023.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el
artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, disponen que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes
que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar
en un plan estratégico de subvenciones los aspectos esenciales de la actividad a realizar.
De conformidad con el artículo 29 de su Estatuto de Autonomía, la Comunidad de
Madrid tiene atribuida la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, incluyendo la educación universitaria.
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, reconoce la autonomía universitaria de las Universidades públicas, fundamentada en la puesta a su disposición
de los recursos necesarios para un funcionamiento básico de calidad.
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, establece en su artículo 81.3.b), que los
precios públicos por estudios conducentes a títulos de carácter oficial y validez en todo el
territorio nacional serán fijados por la Comunidad Autónoma, dentro de los límites que establezca la Conferencia General de Política Universitaria, que estarán relacionados con los
costes de prestación del servicio.
En virtud de lo anterior, la Conferencia General de Política Universitaria, en su Acuerdo de 27 de mayo de 2020, publicado por Resolución de la Secretaría General de Universidades, de 29 de mayo de 2020, por el que se fijan los límites máximos de los precios públicos por estudios conducentes a la obtención de los títulos universitarios oficiales para el
curso 2020-2021, determinó como límite máximo de precios públicos de matriculación de
los estudios conducentes a la obtención del título oficial de grado, en primera matrícula, un
precio medio de 18,46 euros por cada crédito, que se deberá alcanzar en el curso 2022-2023.
Asimismo, mediante Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria, de 29 de marzo de 2021, se establece equiparar los precios de la primera matrícula de los
másteres habilitantes y vinculados en las Universidades públicas a los precios medios de la primera matrícula de grado, debiendo lograrse dicha equiparación en el curso 2022-2023.
Por último, mediante Resolución de 26 de mayo de 2022, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de 4 de mayo de 2022, de la Conferencia General
de Política Universitaria, se determina que se mantienen para el curso académico 2022-2023
las mismas condiciones acordadas para los cursos académicos 2020-2021 y 2021-2022 en
relación con los límites máximos de los precios públicos de los estudios conducentes a la
obtención de títulos universitarios oficiales.
El Decreto 83/2016, de 9 de agosto, del Consejo de Gobierno, estableció los precios
públicos para los cursos académicos a partir del curso 2016-2017 hasta la derogación o actualización del mismo.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el Decreto 43/2022, de 29 de junio,
del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las Universidades públicas de la Comunidad de Madrid, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 1 de julio de 2022. El nuevo decreto reduce el precio público de los
créditos en primera matrícula por grados y másteres habilitantes oficiales, teniendo para
ello en cuenta los límites máximos fijados por la Conferencia General de Política Universi-

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