D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20221024-38)
Convenio – Convenio de 31 de mayo de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y Siervas de San José, para el funcionamiento y sostenimiento con fondos públicos del primer ciclo de educación infantil de la escuela infantil privada Nazaret
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BOCM
Pág. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 253
educativa de los alumnos de primer ciclo de educación infantil. Es titular, en este sentido,
de la escuela infantil privada Nazaret, autorizada para impartir el primer ciclo de educación
infantil.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Comunidad de Madrid y Las Siervas de San José
suscribieron en fecha 10 de diciembre 2013 un convenio para regular el funcionamiento y
sostenimiento del citado centro con fondos públicos.
Dicho convenio fue renovado en 2017, por un período de cuatro cursos académicos.
Dado que la vigencia del mismo finaliza con el curso 2020/21 y considerando que se
mantienen las circunstancias que lo justifican, ambas partes acuerdan celebrar un nuevo
convenio por un período de cuatro cursos académicos, conforme las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto de este convenio es el sostenimiento con fondos públicos del primer ciclo de
educación infantil de la escuela infantil privada Nazaret, a fin de promover el incremento
de plazas públicas en el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad de Madrid
Segunda
Autorización y funcionamiento del centro docente privado
La escuela infantil privada Nazaret (calle Arenas de Iguña, número 1, de Madrid), de
titularidad de Las Siervas de San José, e inscrita en el Registro de Centros Docentes con el
número 28041019, funcionará a partir del curso 2021/22 con tres unidades de primer ciclo
de educación infantil.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Con efectos de inicio del curso 2021/22 la Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía financiará los gastos por las 3 unidades en funcionamiento del centro
Nazaret en cada curso escolar en la cuantía correspondiente al módulo que, para el nivel de
educación infantil, se apruebe anualmente en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid y ello conforme lo previsto en el Decreto 28/2019, de 9 de abril, del
Consejo de Gobierno, por el que se regula la financiación del primer ciclo de educación infantil en la Comunidad de Madrid.
Estas cantidades se harán efectivas con cargo al programa 323M-Becas y Ayudas, del
centro presupuestario 150120000-Dirección General de Educación Concertada, Becas y
Ayudas al Estudio, en la aplicación presupuestaria 48501-Conciertos educación infantilmediante libramientos mensuales abonados en su totalidad a la titularidad del centro.
Corresponderá a la titularidad del centro la distribución del módulo íntegro en función
del presupuesto de gastos del centro y de los convenios colectivos que acuerde aplicar al
personal.
El centro podrá percibir de las familias de los alumnos amparados por el convenio
aportaciones por los conceptos y en los términos establecidos en las Instrucciones anuales
aprobadas al efecto por la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al
Estudio para los centros privados de primer ciclo de educación infantil sostenidos con fondos públicos.
Cuarta
El titular del centro se compromete a las siguientes obligaciones:
a) Impartir las enseñanzas objeto del presente convenio sin ánimo de lucro.
b) Cumplir las normas que establezca la Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía sobre admisión de alumnos y funcionamiento de los centros
de primer ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos.
El centro garantizará la reserva de plazas que determine la Administración educativa para alumnos con necesidades educativas especiales y la escolarización en el
proceso extraordinario de admisión de alumnos.
BOCM-20221024-38
Obligaciones del titular del centro
Pág. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 253
educativa de los alumnos de primer ciclo de educación infantil. Es titular, en este sentido,
de la escuela infantil privada Nazaret, autorizada para impartir el primer ciclo de educación
infantil.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Comunidad de Madrid y Las Siervas de San José
suscribieron en fecha 10 de diciembre 2013 un convenio para regular el funcionamiento y
sostenimiento del citado centro con fondos públicos.
Dicho convenio fue renovado en 2017, por un período de cuatro cursos académicos.
Dado que la vigencia del mismo finaliza con el curso 2020/21 y considerando que se
mantienen las circunstancias que lo justifican, ambas partes acuerdan celebrar un nuevo
convenio por un período de cuatro cursos académicos, conforme las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto de este convenio es el sostenimiento con fondos públicos del primer ciclo de
educación infantil de la escuela infantil privada Nazaret, a fin de promover el incremento
de plazas públicas en el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad de Madrid
Segunda
Autorización y funcionamiento del centro docente privado
La escuela infantil privada Nazaret (calle Arenas de Iguña, número 1, de Madrid), de
titularidad de Las Siervas de San José, e inscrita en el Registro de Centros Docentes con el
número 28041019, funcionará a partir del curso 2021/22 con tres unidades de primer ciclo
de educación infantil.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Con efectos de inicio del curso 2021/22 la Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía financiará los gastos por las 3 unidades en funcionamiento del centro
Nazaret en cada curso escolar en la cuantía correspondiente al módulo que, para el nivel de
educación infantil, se apruebe anualmente en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid y ello conforme lo previsto en el Decreto 28/2019, de 9 de abril, del
Consejo de Gobierno, por el que se regula la financiación del primer ciclo de educación infantil en la Comunidad de Madrid.
Estas cantidades se harán efectivas con cargo al programa 323M-Becas y Ayudas, del
centro presupuestario 150120000-Dirección General de Educación Concertada, Becas y
Ayudas al Estudio, en la aplicación presupuestaria 48501-Conciertos educación infantilmediante libramientos mensuales abonados en su totalidad a la titularidad del centro.
Corresponderá a la titularidad del centro la distribución del módulo íntegro en función
del presupuesto de gastos del centro y de los convenios colectivos que acuerde aplicar al
personal.
El centro podrá percibir de las familias de los alumnos amparados por el convenio
aportaciones por los conceptos y en los términos establecidos en las Instrucciones anuales
aprobadas al efecto por la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al
Estudio para los centros privados de primer ciclo de educación infantil sostenidos con fondos públicos.
Cuarta
El titular del centro se compromete a las siguientes obligaciones:
a) Impartir las enseñanzas objeto del presente convenio sin ánimo de lucro.
b) Cumplir las normas que establezca la Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía sobre admisión de alumnos y funcionamiento de los centros
de primer ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos.
El centro garantizará la reserva de plazas que determine la Administración educativa para alumnos con necesidades educativas especiales y la escolarización en el
proceso extraordinario de admisión de alumnos.
BOCM-20221024-38
Obligaciones del titular del centro