Alcalá de Henares (BOCM-20221021-44)
Régimen económico. Padrón fiscal ocupación locales en mercado
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 251
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221021-44
Habiéndose aprobado, por Resolución del Órgano de Gestión Tributaria el padrón
correspondiente al tercer trimestre de la tasa de ocupación de locales en el Mercado
Municipal de 2022.
Se establece como plazo de pago en período voluntario del 20 de octubre de 2022 al
20 de diciembre de 2022 (ambos inclusive), o inmediato día hábil posterior si el último día
es inhábil.
Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público, o por cualquiera de los otros métodos de pago que figuran en los mismos.
Haciéndose constar que se notificarán colectivamente los respectivos recibos mediante la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así
como a través de edictos que lo adviertan; todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los
efectos de reclamaciones por las personas interesadas.
Contra dichos recibos se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición al público del
padrón, ante el Órgano de Gestión Tributaria.
Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, las costas del
procedimiento de apremio y, en su caso, los intereses de demora que se produzcan. Insértese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Alcalá de Henares, a 7 de octubre de 2022.—El tesorero, titular del Órgano de Gestión
Tributaria, Jaime Álvarez de Toledo Jaén.
(01/19.721/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 251
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221021-44
Habiéndose aprobado, por Resolución del Órgano de Gestión Tributaria el padrón
correspondiente al tercer trimestre de la tasa de ocupación de locales en el Mercado
Municipal de 2022.
Se establece como plazo de pago en período voluntario del 20 de octubre de 2022 al
20 de diciembre de 2022 (ambos inclusive), o inmediato día hábil posterior si el último día
es inhábil.
Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público, o por cualquiera de los otros métodos de pago que figuran en los mismos.
Haciéndose constar que se notificarán colectivamente los respectivos recibos mediante la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así
como a través de edictos que lo adviertan; todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los
efectos de reclamaciones por las personas interesadas.
Contra dichos recibos se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición al público del
padrón, ante el Órgano de Gestión Tributaria.
Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, las costas del
procedimiento de apremio y, en su caso, los intereses de demora que se produzcan. Insértese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Alcalá de Henares, a 7 de octubre de 2022.—El tesorero, titular del Órgano de Gestión
Tributaria, Jaime Álvarez de Toledo Jaén.
(01/19.721/22)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791