Coslada (BOCM-20221021-53)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 254
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 251
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
COSLADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221021-53
El Pleno municipal, en la sesión celebrada el día 14 de octubre de 2022, adoptó el
acuerdo provisional de modificación de las siguientes ordenanzas fiscales:
— Ordenanza fiscal número III, reguladora de la tasa por expedición de documentos
administrativos.
— Ordenanza fiscal número VI, reguladora de las tasas por utilización privativa o
aprovechamientos especiales del dominio público local y por la prestación de
servicios o realización de actividades administrativas.
— Ordenanza fiscal número X, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
— Ordenanza fiscal número XII, reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
La exposición al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Coslada del
acuerdo provisional se ha realizado el día 17 de octubre de 2022, quedando expuesto el expediente durante el plazo de plazo treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente de
la citada fecha de exposición, durante los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones en el citado período, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos sin necesidad de acuerdo plenario.
Coslada, a 19 de octubre de 2022.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/20.355/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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VIERNES 21 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 251
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
COSLADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221021-53
El Pleno municipal, en la sesión celebrada el día 14 de octubre de 2022, adoptó el
acuerdo provisional de modificación de las siguientes ordenanzas fiscales:
— Ordenanza fiscal número III, reguladora de la tasa por expedición de documentos
administrativos.
— Ordenanza fiscal número VI, reguladora de las tasas por utilización privativa o
aprovechamientos especiales del dominio público local y por la prestación de
servicios o realización de actividades administrativas.
— Ordenanza fiscal número X, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
— Ordenanza fiscal número XII, reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
La exposición al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Coslada del
acuerdo provisional se ha realizado el día 17 de octubre de 2022, quedando expuesto el expediente durante el plazo de plazo treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente de
la citada fecha de exposición, durante los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones en el citado período, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos sin necesidad de acuerdo plenario.
Coslada, a 19 de octubre de 2022.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/20.355/22)
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ISSN 1989-4791