D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221021-40)
Agentes aceleradores proyectos culturales – Anuncio de 14 de octubre de 2022, de apertura del plazo para confeccionar un catálogo, a efectos informativos, de agentes aceleradores, interesados en acompañar en formación y mentoría en materia de digitalización, comunicación, internacionalización o financiación, a las empresas beneficiarias de las “Ayudas a proyectos de apoyo a aceleradoras culturales”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por el Fondo Europeo-NextGeneration EU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 251
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 221
formará el Catálogo de Agentes Aceleradores con el que pueden contar los beneficiarios de
la convocatoria.
Primero
Objeto y condiciones esenciales
1. El presente anuncio establece los requisitos y trámites a seguir para adherirse al
Programa/Proyecto de Aceleración Cultural en calidad de Agente Acelerador.
2. Los interesados en adherirse al Catálogo de Agentes Aceleradores solo podrán
presentar su solicitud por vía telemática, conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimientos Administrativo Común.
3. Los Agentes deberán cumplir los requisitos establecidos en el presente anuncio y
desarrollarán los programas de aceleración individualizados objeto de la ayuda a los beneficiaros.
4. Las Entidades adheridas a partir del presente anuncio serán las únicas incluidas en
el catálogo elaborado por la Comunidad de Madrid a título informativo, para que presten
los servicios de aceleración objeto de la subvención.
Segundo
Requisitos de participación como Agente Acelerador
1. Ser una entidad con al menos cinco años de experiencia en procesos de aceleración de empresas. Dicha experiencia se acreditará por medio de un listado de los trabajos
realizados en los últimos cinco años.
2. Poner a disposición de los beneficiarios de la ayuda un espacio físico que pueda
dar cabida como mínimo a cinco personas por proyecto acelerado, siempre que el proyecto lo requiera y sus titulares lo soliciten.
Las instalaciones, que deben estar ubicadas en la Comunidad de Madrid, dispondrán
de los siguientes requisitos mínimos:
a) Conexión de internet de alta velocidad en todos los puestos más conexión inalámbrica.
b) Sala de conferencias para 25 personas.
c) Sala de reuniones para 10 personas con pizarra, vídeo-proyector, sistema de audio
o videoconferencia.
d) Las instalaciones han de reunir las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad, seguridad y todas aquellas que en materia de prevención de riesgos laborales
sean exigidas en la legislación vigente.
3. Disponer de un equipo de personas destinadas a prestar estos servicios, con conocimiento especializado en el sector de las industrias culturales y creativas, compuesto, al
menos, por un coordinador, un formador y un mentor.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en los dos párrafos anteriores se acreditará mediante declaración responsable al efecto.
Tercero
El programa de aceleración individualizado que será ofrecido a los beneficiarios se
ajustará a la normativa aplicable, y a precios de mercado, siguiendo las siguientes premisas:
a) Poner a disposición un equipo de especialistas en áreas de conocimiento y tutores
para asistencias individualizadas. Las áreas temáticas mínimas serán:
— Estrategia de negocios innovadores y con alto potencial de crecimiento.
— Sector de las industrias Culturales y Creativas.
— Innovación Digital.
— Planes de ventas de negocios de la tipología mencionada.
— Planes de marketing.
— Gestión de la innovación (propiedad intelectual, protección de datos, seguridad informática, entre otras).
— Legalidad aplicada.
— Finanzas aplicadas.
— Presentaciones eficaces.
BOCM-20221021-40
Características de los servicios de aceleración
B.O.C.M. Núm. 251
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 221
formará el Catálogo de Agentes Aceleradores con el que pueden contar los beneficiarios de
la convocatoria.
Primero
Objeto y condiciones esenciales
1. El presente anuncio establece los requisitos y trámites a seguir para adherirse al
Programa/Proyecto de Aceleración Cultural en calidad de Agente Acelerador.
2. Los interesados en adherirse al Catálogo de Agentes Aceleradores solo podrán
presentar su solicitud por vía telemática, conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimientos Administrativo Común.
3. Los Agentes deberán cumplir los requisitos establecidos en el presente anuncio y
desarrollarán los programas de aceleración individualizados objeto de la ayuda a los beneficiaros.
4. Las Entidades adheridas a partir del presente anuncio serán las únicas incluidas en
el catálogo elaborado por la Comunidad de Madrid a título informativo, para que presten
los servicios de aceleración objeto de la subvención.
Segundo
Requisitos de participación como Agente Acelerador
1. Ser una entidad con al menos cinco años de experiencia en procesos de aceleración de empresas. Dicha experiencia se acreditará por medio de un listado de los trabajos
realizados en los últimos cinco años.
2. Poner a disposición de los beneficiarios de la ayuda un espacio físico que pueda
dar cabida como mínimo a cinco personas por proyecto acelerado, siempre que el proyecto lo requiera y sus titulares lo soliciten.
Las instalaciones, que deben estar ubicadas en la Comunidad de Madrid, dispondrán
de los siguientes requisitos mínimos:
a) Conexión de internet de alta velocidad en todos los puestos más conexión inalámbrica.
b) Sala de conferencias para 25 personas.
c) Sala de reuniones para 10 personas con pizarra, vídeo-proyector, sistema de audio
o videoconferencia.
d) Las instalaciones han de reunir las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad, seguridad y todas aquellas que en materia de prevención de riesgos laborales
sean exigidas en la legislación vigente.
3. Disponer de un equipo de personas destinadas a prestar estos servicios, con conocimiento especializado en el sector de las industrias culturales y creativas, compuesto, al
menos, por un coordinador, un formador y un mentor.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en los dos párrafos anteriores se acreditará mediante declaración responsable al efecto.
Tercero
El programa de aceleración individualizado que será ofrecido a los beneficiarios se
ajustará a la normativa aplicable, y a precios de mercado, siguiendo las siguientes premisas:
a) Poner a disposición un equipo de especialistas en áreas de conocimiento y tutores
para asistencias individualizadas. Las áreas temáticas mínimas serán:
— Estrategia de negocios innovadores y con alto potencial de crecimiento.
— Sector de las industrias Culturales y Creativas.
— Innovación Digital.
— Planes de ventas de negocios de la tipología mencionada.
— Planes de marketing.
— Gestión de la innovación (propiedad intelectual, protección de datos, seguridad informática, entre otras).
— Legalidad aplicada.
— Finanzas aplicadas.
— Presentaciones eficaces.
BOCM-20221021-40
Características de los servicios de aceleración