Cadalso de los Vidrios (BOCM-20221020-61)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 250

JUEVES 20 DE OCTUBRE DE 2022

Pág. 355

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61

CADALSO DE LOS VIDRIOS
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada en fecha 30 de agosto de 2022, aprobó inicialmente el expediente de la modificación de crédito 01/2022 del presupuesto de 2022,
prorrogado de 2017, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo a bajas o anulaciones de créditos de otras aplicaciones.
Sometido el acuerdo al trámite de información pública, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 215, de 9 de septiembre de 2022, y
no habiéndose presentado reclamaciones dentro de plazo, se eleva automáticamente a definitivo el acuerdo inicial.
Lo que se hace público para general conocimiento, a los efectos del artículo 169.1, por
remisión del artículo 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, insertándose el resumen de las modificaciones por capítulos del presupuesto, según el siguiente detalle:
MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 02/2021
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
CAPÍTULO
4

CONCEPTO

IMPORTE

Transferencias corrientes

6.000,00
TOTAL

6.000,00

BAJAS EN APLICACIONES DE GASTOS
CAPÍTULO
2

CONCEPTO

IMPORTE

Gastos corrientes en bienes y servicios
TOTAL

6.000,00
6.000,00

BOCM-20221020-61

La modificación incluye la incorporación de la subvención nominativa correspondiente en el cuadro contenido en la base 32 de las que rigen la ejecución del presupuesto, con
objeto posibilitar su concesión a la Fundación Toro de Lidia, sin ánimo de lucro y de carácter cultural, por importe de hasta 6.000 euros.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello,
a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Cadalso de los Vidrios, a 10 de octubre de 2022.—La alcaldesa, Verónica María
Muñoz Villalba.
(03/19.661/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791