C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221020-12)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 5 de octubre de 2022, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece la convocatoria de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General competente en materia de cooperación con el Estado y asuntos relacionados con la Unión Europea
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 42

JUEVES 20 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 250

Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras se recogen en la Orden de 6 de agosto de 2022, del Consejero
de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de
regir las convocatorias de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General competente en materia de cooperación con el Estado y asuntos relacionados con la Unión Europea (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 22 de agosto de 2022).
Cuarto
Cuantía
Las becas estarán dotadas con una cantidad máxima anual de 9.600 euros cada una y
serán abonadas en 12 mensualidades vencidas de 800 euros en importe bruto. El importe de
las becas incluye los gastos de las cuotas al Sistema de la Seguridad Social correspondientes al trabajador. Las cuotas correspondientes a la Administración de la Comunidad de
Madrid se abonarán con cargo al programa presupuestario de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea.
Las becas a conceder en desarrollo de la presente convocatoria se iniciarán en el ejercicio 2023 y su duración será como máximo de dos años, sin posibilidad de prórroga. Si las
becas se iniciaran en fecha posterior al 1 de enero de ese año, su finalización será, en todo
caso, el día 31 de diciembre de 2024.
Quinta
Criterios de concesión
La máxima puntuación será de 100 puntos.
Primer criterio:
— Expediente académico obtenido en la titulación de grado, licenciatura o equivalente en las áreas que se establecen en el anexo II de la convocatoria.
La puntuación de este criterio se obtendrá proporcionalmente a la nota media del expediente académico oficial sobre 10 puntos, y será de un máximo de 70 puntos.
En caso de que la nota del expediente académico haya sido calificada entre 1 y 4 puntos, o sin calificación numérica, se utilizará la siguiente tabla de conversión:

6

CALIFICACIÓN
NO NUMÉRICA

CALIFICACIÓN
1-4 PUNTOS

Aprobado

1

Notable

2

9

Sobresaliente

3

10

Matrícula de Honor

4

7,5

En caso de que el solicitante acredite la posesión de dos o más titulaciones universitarias de grado, licenciatura o equivalente en las áreas precitadas o de la realización del doctorado de una cualquiera de las carreras precitadas, se multiplicará por el coeficiente 1,2 la
nota más alta de los expedientes académicos de grado aportados, siendo el resultado de tal
operación la puntuación final correspondiente a este criterio.
Segundo criterio:
— Prueba de conocimiento sobre la Unión Europea, con una puntuación máxima de
20 puntos.
Tercer criterio:
— Acreditación de idiomas. El conocimiento acreditado de diferentes idiomas otorgará un máximo de 10 puntos:
d Primer idioma: inglés.
– Nivel C2 MCER: 2 puntos.

BOCM-20221020-12

CALIFICACIÓN
SOBRE 10 PUNTOS