Madrid número 2 (BOCM-20221020-95)
Ejecución 44/2022
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 406

JUEVES 20 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 250

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
95

MADRID NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo
social número 2 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 44/2022 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yoly Andreina Paredes González, frente a Fondo de Garantía
Salarial y Financial Led, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
Parte dispositiva:

BOCM-20221020-95

Acuerdo declarar extinguida la relación laboral de doña Yoly Andreina Paredes González con la empresa Financial Led, S. L., en la fecha de la presente resolución, sustituyendo la
obligación de readmisión establecida en la sentencia de 2 de febrero de 2022 por la obligación
de abonar la citada empresa a la trabajadora la cantidad de 3.743,85 euros, correspondiente a
la indemnización por despido improcedente, más otros 25.051,60 euros correspondientes a los
salarios de tramitación, en ambos casos hasta la fecha de la presente resolución.
La empresa demandada, Finalcial Led, S. L., debe abonar a la demandante la cantidad
de 736,42 euros por los conceptos descritos en la sentencia, mas el 10 por 100 de interés
por mora.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia IBAN
ES55 0049 3569 9200 0500 1274, con el concepto 2500-0000-64-0044-22, y para pagos en
ventanilla 2500-0000-64-0044-22.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Financial Led, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y el tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 5 de septiembre de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/18.916/22)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791