Olmeda de las Fuentes (BOCM-20221019-79)
Régimen económico. Ordenanza fiscal de actividades
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 340
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 249
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
OLMEDA DE LAS FUENTES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221019-79
Acuerdo del Pleno de 30 de septiembre de 2022, del Ayuntamiento de Olmeda de las
Fuentes, por el que se aprueba provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios y la realización de actividades de carácter
deportivo, educativo, cultural y similar.
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre
de 2022, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios y la realización de actividades de carácter deportivo, educativo, cultural y similar.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://olmedadelasfuentes.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Olmeda de las Fuentes, a 5 de octubre de 2022.—La alcaldesa-presidenta, María Victoria Roldán Prieto.
(03/19.503/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 340
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 249
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
OLMEDA DE LAS FUENTES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221019-79
Acuerdo del Pleno de 30 de septiembre de 2022, del Ayuntamiento de Olmeda de las
Fuentes, por el que se aprueba provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios y la realización de actividades de carácter
deportivo, educativo, cultural y similar.
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre
de 2022, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios y la realización de actividades de carácter deportivo, educativo, cultural y similar.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://olmedadelasfuentes.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Olmeda de las Fuentes, a 5 de octubre de 2022.—La alcaldesa-presidenta, María Victoria Roldán Prieto.
(03/19.503/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791