Alcorcón (BOCM-20221019-59)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 274
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 249
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
ALCORCÓN
La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Alcorcón, con fecha 10 de febrero de 2020,
dictó decreto de delegación de competencias en el director general de Organización Interna y Atención Ciudadana cuya parte dispositiva a continuación se transcribe:
“Vengo a decretar respecto a las siguientes funciones y materias de la competencia de
la Delegación de Seguridad, Organización Interna y Atención Ciudadana conforme a la distribución efectuada mediante decreto de 17 de junio de 2019:
— Modernización administrativa del Ayuntamiento/Informática, Administración
Electrónica y Nuevas Tecnologías/Recursos Humanos/Negociación Colectiva/Estadística, Padrón Municipal, Censo de Población/Archivo Municipal Oficinas de Atención al Ciudadano y Registro General/Oficina de Sugerencias y Reclamaciones/Relaciones con el Defensor del Ciudadano/Prevención de Riesgos
Laborales/Consejos Sectoriales y mecanismos de participación ciudadana y vecinal/Protección de Datos y Transparencia.
La delegación en don Andrés Couso Tapia, como director general de Organización Interna y Atención Ciudadana de las siguientes facultades:
Primero.—Bajo la superior dirección del concejal de Seguridad, Organización Interna y
Atención Ciudadana, la gestión, dirección e inspección de todo el personal laboral y funcionarial del Ayuntamiento, sin prejuicio de las facultades que correspondan a los diferentes concejales y Directores Generales respecto al personal adscrito a sus respectivos ámbitos.
Segundo.—La superior gestión, dirección e inspección de la Concejalía, ejerciendo la
superior autoridad sobre el personal adscrito a la concejalía, a excepción de los miembros
pertenecientes a la Policía Local, Servicio de Extinción de Incendios y Protección Civil con
las facultades para proponer la imposición de sanciones y/o incoación de expedientes disciplinarios que sean procedentes a todo personal municipal o proponer al concejal-delegado de Seguridad, Organización Interna y Atención Ciudadana, las solicitudes de trabajos
extraordinarios o especiales a formular ante la Junta de Gobierno Local y a la Alcaldía-Presidencia, el otorgamiento de menciones honoríficos, felicitaciones y premios cuando correspondan, igualmente respecto al personal adscrito a la concejalía.
Tercero.—La suscripción de las actas para la toma de posesión de los funcionarios interinos, y la suscripción de los contratos laborales de tipo temporal.
Cuarto.—La aprobación de la totalidad de los modelos tipo de impresos a ser utilizados por este Ayuntamiento.
Quinto.—La Resolución sobre distribución del personal entre las distintas Áreas y
Concejalías-Delegadas de este Ayuntamiento y la resolución de los expedientes de movilidad administrativa, sea cual sea la causa, de los empleados de este Ayuntamiento.
Sexto.—Indistintamente con el concejal-delegado de Seguridad, Organización Interna y
Atención Ciudadana, las facultades precisas para llevar a cabo la negociación de los convenios
que afecten a materias propias de la Concejalía, bien sean con el Estado, Comunidad Autónoma o cualquier otro organismo público o privado, hasta su ultimación. Dichos convenios
si supusieren gasto para la Hacienda Municipal o disposición por cualquier título de bienes
municipales, deberán ser aprobados por el Órgano competente de este Ayuntamiento, para
la disposición del gasto o la disposición del bien, en los restantes supuestos serán autorizados por el Concejal Delegado de Seguridad, Organización Interna y Atención Ciudadana.
La suscripción del convenio corresponderá en todo caso, a la Alcaldía-Presidencia.
Séptimo.—Indistintamente con el concejal-delegado de Seguridad, Organización Interna y Atención Ciudadana, las facultades necesarias para la tramitación, con la suscripción de cuantos documentos sean precisos, para solicitar subvenciones de cualquier administración territorial o institucional, o de cualquier otra entidad pública o privada, con
destino a los cometidos propios de la concejalía en materia de Organización Interna y Atención Ciudadana. Si la obtención de dicha subvención, significara gastos para los fondos mu-
BOCM-20221019-59
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Pág. 274
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 249
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
ALCORCÓN
La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Alcorcón, con fecha 10 de febrero de 2020,
dictó decreto de delegación de competencias en el director general de Organización Interna y Atención Ciudadana cuya parte dispositiva a continuación se transcribe:
“Vengo a decretar respecto a las siguientes funciones y materias de la competencia de
la Delegación de Seguridad, Organización Interna y Atención Ciudadana conforme a la distribución efectuada mediante decreto de 17 de junio de 2019:
— Modernización administrativa del Ayuntamiento/Informática, Administración
Electrónica y Nuevas Tecnologías/Recursos Humanos/Negociación Colectiva/Estadística, Padrón Municipal, Censo de Población/Archivo Municipal Oficinas de Atención al Ciudadano y Registro General/Oficina de Sugerencias y Reclamaciones/Relaciones con el Defensor del Ciudadano/Prevención de Riesgos
Laborales/Consejos Sectoriales y mecanismos de participación ciudadana y vecinal/Protección de Datos y Transparencia.
La delegación en don Andrés Couso Tapia, como director general de Organización Interna y Atención Ciudadana de las siguientes facultades:
Primero.—Bajo la superior dirección del concejal de Seguridad, Organización Interna y
Atención Ciudadana, la gestión, dirección e inspección de todo el personal laboral y funcionarial del Ayuntamiento, sin prejuicio de las facultades que correspondan a los diferentes concejales y Directores Generales respecto al personal adscrito a sus respectivos ámbitos.
Segundo.—La superior gestión, dirección e inspección de la Concejalía, ejerciendo la
superior autoridad sobre el personal adscrito a la concejalía, a excepción de los miembros
pertenecientes a la Policía Local, Servicio de Extinción de Incendios y Protección Civil con
las facultades para proponer la imposición de sanciones y/o incoación de expedientes disciplinarios que sean procedentes a todo personal municipal o proponer al concejal-delegado de Seguridad, Organización Interna y Atención Ciudadana, las solicitudes de trabajos
extraordinarios o especiales a formular ante la Junta de Gobierno Local y a la Alcaldía-Presidencia, el otorgamiento de menciones honoríficos, felicitaciones y premios cuando correspondan, igualmente respecto al personal adscrito a la concejalía.
Tercero.—La suscripción de las actas para la toma de posesión de los funcionarios interinos, y la suscripción de los contratos laborales de tipo temporal.
Cuarto.—La aprobación de la totalidad de los modelos tipo de impresos a ser utilizados por este Ayuntamiento.
Quinto.—La Resolución sobre distribución del personal entre las distintas Áreas y
Concejalías-Delegadas de este Ayuntamiento y la resolución de los expedientes de movilidad administrativa, sea cual sea la causa, de los empleados de este Ayuntamiento.
Sexto.—Indistintamente con el concejal-delegado de Seguridad, Organización Interna y
Atención Ciudadana, las facultades precisas para llevar a cabo la negociación de los convenios
que afecten a materias propias de la Concejalía, bien sean con el Estado, Comunidad Autónoma o cualquier otro organismo público o privado, hasta su ultimación. Dichos convenios
si supusieren gasto para la Hacienda Municipal o disposición por cualquier título de bienes
municipales, deberán ser aprobados por el Órgano competente de este Ayuntamiento, para
la disposición del gasto o la disposición del bien, en los restantes supuestos serán autorizados por el Concejal Delegado de Seguridad, Organización Interna y Atención Ciudadana.
La suscripción del convenio corresponderá en todo caso, a la Alcaldía-Presidencia.
Séptimo.—Indistintamente con el concejal-delegado de Seguridad, Organización Interna y Atención Ciudadana, las facultades necesarias para la tramitación, con la suscripción de cuantos documentos sean precisos, para solicitar subvenciones de cualquier administración territorial o institucional, o de cualquier otra entidad pública o privada, con
destino a los cometidos propios de la concejalía en materia de Organización Interna y Atención Ciudadana. Si la obtención de dicha subvención, significara gastos para los fondos mu-
BOCM-20221019-59
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO