Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20221018-75)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 318
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 248
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
RIVAS-VACIAMADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria.
El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Objeto.—El Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid convoca para el año 2022 subvenciones destinadas a clubes y entidades deportivas con convenio de colaboración en vigor
con el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid en el que se establece en sus cláusulas la gestión de una escuela deportiva municipal.
Personas beneficiarias.—Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en estas bases
todas las asociaciones deportivas ripenses que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial
del municipio de Rivas-Vaciamadrid.
2. Tener en vigor Convenio de Colaboración con la Concejalía de Deportes del
Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
3. Tener al menos un grupo de Escuela Deportiva que se regule por lo establecido en
el Convenio de Colaboración firmado con el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
4. Tener personas usuarias en sus grupos de Escuelas Deportivas que se beneficien
en cuanto a bonificaciones en el pago de tarifas de la normativa municipal por su condición
de usuarios/as del Abono Deporte o por su condición de personas con discapacidad.
5. No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá
declaración responsable de la forma prevista en el anexo 1 de estas bases.
6. No estar incursos en algún procedimiento sancionador mediante resolución en firme, sobre algún trámite en materia de deportes.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes.—1. El modelo de solicitud y las correspondientes bases se encuentran a disposición de las personas interesadas en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid ( https://sede-electronica.rivasciudad.es/ ).
2. La convocatoria y concesión se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de
Subvenciones.
3. Las solicitudes se presentarán según modelo establecido como anexo I (solicitud
electrónica) a la presente convocatoria, en el plazo comprendido de quince días hábiles a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en la página web municipal ( http://www.rivasciudad.es ). La convocatoria podrá establecer los medios de publicidad adicionales que el órgano convocante estime más convenientes para facilitar el conocimiento general de la misma.
4. Las solicitudes y documentación adjunta se presentarán, según lo establecido en
el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación a presentar.—Cada solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
a) Anexo 1: solicitud de la ayuda en el impreso normalizado que se adjunta a la presente convocatoria (anexo 1 solicitud electrónica).
b) Anexo 2: debidamente cumplimentado.
Cuantía.—35.000 euros.
Período subvencionable.—1 de enero al 31 de diciembre 2022.
Rivas-Vaciamadrid, a 7 de octubre de 2022.—La alcaldesa, Aída Castillejo Parrilla.
(03/19.617/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20221018-75
BNDS: 652757
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B.O.C.M. Núm. 248
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
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RIVAS-VACIAMADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria.
El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Objeto.—El Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid convoca para el año 2022 subvenciones destinadas a clubes y entidades deportivas con convenio de colaboración en vigor
con el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid en el que se establece en sus cláusulas la gestión de una escuela deportiva municipal.
Personas beneficiarias.—Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en estas bases
todas las asociaciones deportivas ripenses que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial
del municipio de Rivas-Vaciamadrid.
2. Tener en vigor Convenio de Colaboración con la Concejalía de Deportes del
Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
3. Tener al menos un grupo de Escuela Deportiva que se regule por lo establecido en
el Convenio de Colaboración firmado con el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.
4. Tener personas usuarias en sus grupos de Escuelas Deportivas que se beneficien
en cuanto a bonificaciones en el pago de tarifas de la normativa municipal por su condición
de usuarios/as del Abono Deporte o por su condición de personas con discapacidad.
5. No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá
declaración responsable de la forma prevista en el anexo 1 de estas bases.
6. No estar incursos en algún procedimiento sancionador mediante resolución en firme, sobre algún trámite en materia de deportes.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes.—1. El modelo de solicitud y las correspondientes bases se encuentran a disposición de las personas interesadas en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid ( https://sede-electronica.rivasciudad.es/ ).
2. La convocatoria y concesión se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de
Subvenciones.
3. Las solicitudes se presentarán según modelo establecido como anexo I (solicitud
electrónica) a la presente convocatoria, en el plazo comprendido de quince días hábiles a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en la página web municipal ( http://www.rivasciudad.es ). La convocatoria podrá establecer los medios de publicidad adicionales que el órgano convocante estime más convenientes para facilitar el conocimiento general de la misma.
4. Las solicitudes y documentación adjunta se presentarán, según lo establecido en
el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación a presentar.—Cada solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
a) Anexo 1: solicitud de la ayuda en el impreso normalizado que se adjunta a la presente convocatoria (anexo 1 solicitud electrónica).
b) Anexo 2: debidamente cumplimentado.
Cuantía.—35.000 euros.
Período subvencionable.—1 de enero al 31 de diciembre 2022.
Rivas-Vaciamadrid, a 7 de octubre de 2022.—La alcaldesa, Aída Castillejo Parrilla.
(03/19.617/22)
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ISSN 1989-4791
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