D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221018-47)
Convenio –  Convenio de 28 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Alcobendas, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 248

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
47

CONVENIO de 28 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Alcobendas, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 28 de septiembre de 2022
REUNIDOS

De una parte, don José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en virtud del Decreto 121/2021, de 30 de
junio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 369/2022, de 24 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias
y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con
carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.
De otra parte, don Aitor Retolaza Izpizua, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcobendas, elegido por el Pleno de la Corporación en fecha 7 de octubre de 2021, actuando en
nombre y representación de dicha corporación municipal en virtud de las competencias que
le otorga la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Reconociéndose ambas partes capacidad legal para suscribir el presente convenio,
EXPONEN
Primero
De conformidad con lo establecido en el artículo 26.1.4 de la Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, corresponde a la
Comunidad de Madrid la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
La Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en su artículo 7,
apartados 3 y 4, hace referencia a la actividad de incidencia en el mercado inmobiliario
como potestad administrativa, cuyo ejercicio corresponde a la Administración urbanística
competente y que comprende la facultad de constituir y administrar patrimonios públicos
de suelo.
Asimismo en atención a lo previsto en el artículo 15.2.c) del Decreto 237/2021, de 17 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, esta Consejería, a través de su Dirección General de Suelo, es competente, en materia de suelo, para el diseño, modificación,
mantenimiento y actualización del sistema de información general de suelos disponibles de
la Comunidad de Madrid, a través de su Portal de Suelo.

El Ayuntamiento de Alcobendas ostenta las competencias recogidas en el artículo 25
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y las determinadas en los artículos 173 y siguientes de la referida Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo
de la Comunidad de Madrid.
Tercero
El Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid (en adelante el Portal) es una herramienta informática integrada en la web comunidad.madrid, que se encuentra en funciona-

BOCM-20221018-47

Segundo