C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221018-33)
Convenio colectivo – Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa En Clave Joven, S. L. U. (Código número 28103382012022)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 160
MARTES 18 DE OCTUBRE DE 2022
-
B.O.C.M. Núm. 248
Cumplir con el plan de prevención de riesgos laborales.
Conducir los vehículos asignados por la empresa.
Vestir la indumentaria de trabajo indicada en cada servicio.
Además de lo especificado anteriormente, serán de obligado cumplimiento las tareas y
funciones relacionadas implícitamente al puesto de trabajo desarrollado. En general,
cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto y semejantes a las anteriormente
descritas, que le sean encomendadas por sus superiores y resulten necesarias por razones
del servicio.
PUESTO: CONSERJE
Funciones:
- Mantenimiento y conservación de edificios, maquinaria y vehículos.
- Control de usuarios.
- Atención e información telefónica al público, control de accesos, información de los servicios,
cobro de servicios y seguimiento de los mismos.
- Apertura y cierre de edificios e instalaciones y control de llaves. Dentro y fuera del horario
habitual.
- Entrega y recogida de herramientas y material.
- Entrega y recepción de impresos de peticiones de materiales y salas, tanto de uso interno para
personal de la empresa, como externo para asociaciones, colectivos, etc.
- Recepción de correspondencia, documentación y paquetería. Manipulado y etiquetado de
cartas y paquetería.
- Reparto de documentación y correspondencia.
- Realizar trabajos relacionados con el fotocopiado, manipulado y encuadernación de
documentos necesarios para el desarrollo de las diferentes actividades.
- Activación y desactivación de alarmas.
- Realización de trabajos de mantenimiento y pequeñas averías que se puedan dar en los
edificios o instalaciones, en los que no se requiera especialización.
- Colocación, ordenación, limpieza y mantenimiento de almacenes.
- Control de entrada y salida de material de los almacenes.
- Elaboración de inventario de material de los almacenes.
- Reposición de los distintos materiales.
- Transporte de correo y paquetería, así como traslados de material, mobiliario y documentación
dentro de las dependencias correspondientes.
- Verificación, control y cuidado de la limpieza de edificios e instalaciones.
- Notificar los desperfectos en los edificios e instalaciones relacionados con el mantenimiento.
- Montaje, preparación y colocación de salas y espacios para representaciones teatrales,
conciertos y demás actos culturales.
- Además de lo especificado anteriormente, serán de obligado cumplimiento las tareas y
funciones relacionadas implícitamente al puesto de trabajo desarrollado. En general,
cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto y semejantes a las anteriormente
descritas, que le sean encomendadas por sus superiores y resulten necesarias por razones
del servicio.
ANEXO II
GRUPOS PROFESIONALES EN CLAVE JOVEN, S. L. U.
CATEGORÍA EN CLAVE JOVEN, S. L. U.
CATEGORÍA CONVENIO
GRUPO
SALARIO BASE BRUTO
GRUPO II - PERSONAL DIRECTIVO Y DE GESTIÓN
Director/a Técnico/a
Director/a Técnico/a
II
2.656,34 €
Responsable de departamento
Jefe de departamento
II
2.200,71 €
Coordinador/a
Coordinador/a
III
1.931,96 €
Técnico/a
Técnico/a
III
1.704,95 €
Administrativo/a
Administrativo/a
III
1.826,95 €
Informador/a Juvenil
Informador/a Juvenil
III
1.704,95 €
IV
1.546,26 €
GRUPO III - PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES
Conserje
Conserje
(03/18.858/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20221018-33
GRUPO III - PERSONAL DE SERVICIOS ESPECÍFICOS
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 160
MARTES 18 DE OCTUBRE DE 2022
-
B.O.C.M. Núm. 248
Cumplir con el plan de prevención de riesgos laborales.
Conducir los vehículos asignados por la empresa.
Vestir la indumentaria de trabajo indicada en cada servicio.
Además de lo especificado anteriormente, serán de obligado cumplimiento las tareas y
funciones relacionadas implícitamente al puesto de trabajo desarrollado. En general,
cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto y semejantes a las anteriormente
descritas, que le sean encomendadas por sus superiores y resulten necesarias por razones
del servicio.
PUESTO: CONSERJE
Funciones:
- Mantenimiento y conservación de edificios, maquinaria y vehículos.
- Control de usuarios.
- Atención e información telefónica al público, control de accesos, información de los servicios,
cobro de servicios y seguimiento de los mismos.
- Apertura y cierre de edificios e instalaciones y control de llaves. Dentro y fuera del horario
habitual.
- Entrega y recogida de herramientas y material.
- Entrega y recepción de impresos de peticiones de materiales y salas, tanto de uso interno para
personal de la empresa, como externo para asociaciones, colectivos, etc.
- Recepción de correspondencia, documentación y paquetería. Manipulado y etiquetado de
cartas y paquetería.
- Reparto de documentación y correspondencia.
- Realizar trabajos relacionados con el fotocopiado, manipulado y encuadernación de
documentos necesarios para el desarrollo de las diferentes actividades.
- Activación y desactivación de alarmas.
- Realización de trabajos de mantenimiento y pequeñas averías que se puedan dar en los
edificios o instalaciones, en los que no se requiera especialización.
- Colocación, ordenación, limpieza y mantenimiento de almacenes.
- Control de entrada y salida de material de los almacenes.
- Elaboración de inventario de material de los almacenes.
- Reposición de los distintos materiales.
- Transporte de correo y paquetería, así como traslados de material, mobiliario y documentación
dentro de las dependencias correspondientes.
- Verificación, control y cuidado de la limpieza de edificios e instalaciones.
- Notificar los desperfectos en los edificios e instalaciones relacionados con el mantenimiento.
- Montaje, preparación y colocación de salas y espacios para representaciones teatrales,
conciertos y demás actos culturales.
- Además de lo especificado anteriormente, serán de obligado cumplimiento las tareas y
funciones relacionadas implícitamente al puesto de trabajo desarrollado. En general,
cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto y semejantes a las anteriormente
descritas, que le sean encomendadas por sus superiores y resulten necesarias por razones
del servicio.
ANEXO II
GRUPOS PROFESIONALES EN CLAVE JOVEN, S. L. U.
CATEGORÍA EN CLAVE JOVEN, S. L. U.
CATEGORÍA CONVENIO
GRUPO
SALARIO BASE BRUTO
GRUPO II - PERSONAL DIRECTIVO Y DE GESTIÓN
Director/a Técnico/a
Director/a Técnico/a
II
2.656,34 €
Responsable de departamento
Jefe de departamento
II
2.200,71 €
Coordinador/a
Coordinador/a
III
1.931,96 €
Técnico/a
Técnico/a
III
1.704,95 €
Administrativo/a
Administrativo/a
III
1.826,95 €
Informador/a Juvenil
Informador/a Juvenil
III
1.704,95 €
IV
1.546,26 €
GRUPO III - PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES
Conserje
Conserje
(03/18.858/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20221018-33
GRUPO III - PERSONAL DE SERVICIOS ESPECÍFICOS