D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221011-37)
Convenio –  Convenio de colaboración de 28 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 228

MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 242

A efectos de lo previsto en el artículo 49 e) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre,
en el supuesto de que concurra alguna de las causas de la resolución del convenio por el incumplimiento de lo establecido en sus cláusulas, se procederá de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 51.2.c) de la misma Ley.
Decimoquinta
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en
su artículo 6.
Decimosexta
Resolución de controversias
Dada la naturaleza administrativa del convenio, las partes acuerdan someter las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión de seguimiento, a los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa de Madrid.
Decimoséptima
Confidencialidad y protección de datos personales

— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Gestión de fondos
europeos” cuya finalidad es la gestión, evaluación y seguimiento de los proyectos
financiados con fondos europeos y cuya base legal es la recogida en el artículo 6.1
c) del RGPD, el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación
legal aplicable al responsable del tratamiento. En su caso, RGPD 6.1.b), RGPD
6.1.e) y RGPD 9.2.h) 6.1.e) y RGPD 9.2.h).
Los datos personales podrán ser comunicados a órganos de esta administración para
la tramitación y otras administraciones /poderes públicos para el ejercicio de sus competencias legales. Entidades públicas para la finalidad señalada. En caso de requerimiento: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado/Autoridades Judiciales.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas éstos tendrán que ser tratados e incorporados a la actividad de tratamiento establecida por el Ayuntamiento para la ejecución del presente convenio, cuya base legal se encuentra en el artículo 6.1.c) del Reglamento
General de Protección de Datos “el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento”.

BOCM-20221011-37

Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en lo sucesivo RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid y la
Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas se informan recíprocamente de que los
datos personales que se recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal al servicio de una de las partes a los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados por la Secretaria General Técnica y las Direcciones Generales competentes por razón de la materia de la Consejería de Familia, Juventud y Política
Social de la Comunidad de Madrid o por la Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas, respectivamente, como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio: