D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221011-26)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 21 de febrero de 2022, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la construcción de una subestación eléctrica de 132/15 kV en la carretera vía de servicio A-3, km 11,250 (ST Los Berrocales-USE248), en el término municipal de Madrid, solicitada por UFD Distribución Electricidad, S. A. Número de expediente: 2020P677-14-0141-00677.5/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 159
2. El plazo de ejecución de la instalación será de doce meses, contados a partir de la
fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo
no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de
la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
Tercero
Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección
General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de Madrid citado
en los antecedentes de hecho.
Cuarto
BOCM-20221011-26
La presente autorización administrativa aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones de disponer de las autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros,
así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios
de locales y terrenos.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente y Agricultura de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de
referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 21 de febrero de 2022.—El Director General de Descarbonización y Transición Energética, Fernando Arlandis Pérez.
(02/18.206/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 159
2. El plazo de ejecución de la instalación será de doce meses, contados a partir de la
fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo
no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de
la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
Tercero
Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección
General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de Madrid citado
en los antecedentes de hecho.
Cuarto
BOCM-20221011-26
La presente autorización administrativa aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones de disponer de las autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros,
así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios
de locales y terrenos.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente y Agricultura de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de
referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 21 de febrero de 2022.—El Director General de Descarbonización y Transición Energética, Fernando Arlandis Pérez.
(02/18.206/22)
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ISSN 1989-4791