C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221010-37)
Encomienda de gestión –  Acuerdo de 7 de septiembre de 2022, para la encomienda de gestión entre la Dirección General del Proceso Integrado de Salud y la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital, para el desarrollo de una nueva aplicación informática que de soporte al programa de cribado poblacional de cáncer de cérvix de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 200

LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 241

El traslado de la solicitud al Responsable deberá hacerse con la mayor celeridad posible y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud,
juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolverla.
Asimismo, el Encargado deberá tramitar cualquier instrucción relativa a derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, que reciba a través del
Responsable, a la mayor celeridad posible, y siempre dentro del plazo máximo de dos días
hábiles a contar desde la recepción de la solicitud, confirmando por escrito tanto la recepción de la solicitud, como la ejecución de la tarea encomendada.
Novena
Deber de información mutuo
Las partes informan a los firmantes de la encomienda de que sus datos personales van
a ser tratados con la finalidad estipulada en la encomienda, siendo imprescindible para ello
que se aporten sus datos identificativos, el cargo que ostentan, número de DNI o documento equivalente y su firma.
Asimismo, las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el mantenimiento y cumplimiento de la encomienda.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la celebración y ejecución de la encomienda. Las partes se comunicarán mutuamente la identidad de sus
Delegados de Protección de Datos, en caso de que dicho nombramiento les sea de aplicación.
Los datos serán conservados durante la vigencia de la encomienda y una vez finalizado, durante los plazos establecidos en la legislación vigente con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas de su firma.
En todo caso, los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación, portabilidad ante la parte que corresponda a través de comunicación por escrito al domicilio social del Responsable aportando fotocopia de su DNI
o documento equivalente e identificando el derecho cuyo ejercicio se solicita. Asimismo,
en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Décima
Con carácter general el Encargado no podrá subencargar las prestaciones que formen
parte del objeto de esta encomienda y que comporten el tratamiento de datos personales,
salvo los servicios auxiliares necesarios para su normal funcionamiento.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el Encargado necesitara subencargar todo o
parte de los servicios encargados por el Responsable en los que intervenga el tratamiento de
datos personales, deberá comunicarlo previamente y por escrito al Responsable, con una antelación de 1 mes, indicando los tratamientos que se pretende subencargar e identificando de
forma clara e inequívoca la empresa subencargada y sus datos de contacto. El subencargo podrá llevarse a cabo si el Responsable no manifiesta su oposición en el plazo establecido.
En este último caso, el subencargado, que también tendrá la condición de encargado
del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este
documento para el Encargado del Tratamiento y las instrucciones que dicte el Responsable
del Tratamiento.
Corresponde a Encargado del Tratamiento exigir al subencargado el cumplimiento de
las mismas obligaciones asumidas por él a través del presente documento y seguirá siendo
plenamente responsable ante el Responsable del Tratamiento en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
El Encargado del Tratamiento está obligado a informar al Responsable de cualquier
cambio en la incorporación o sustitución de otros subencargados con una antelación de un
mes, dando así al Responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios.
Undécima
Responsabilidad
El Encargado será considerado responsable del tratamiento en el caso de que destine los
datos a otras finalidades, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones de esta

BOCM-20221010-37

Subencargo del tratamiento