B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221010-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1934/2022, de 19 de septiembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifican las Órdenes 503/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería (Grupo II, Nivel 7, Área D), y 467/2021, de 15 de octubre, de la Consejería de Economía Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de la categoría profesional de Diplomado en Enfermería Especialista, Especialidad de Enfermería Geriátrica (Grupo II, Nivel 8, Área D)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 241

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2022

Pág. 19

Segundo
Modificar la base primera “Normas generales” de la Orden 467/2021, de 15 de octubre,
que quedará redactada en los siguientes términos:
“1. Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de 38 plazas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral de la categoría
profesional de Diplomado en Enfermería Especialista, Especialidad de Enfermería Geriátrica (Grupo II, Nivel 8, Área D) de la Comunidad de Madrid, para su provisión por
el sistema de acceso libre, correspondiendo 32 de ellas a la Oferta de Empleo Público de
la Comunidad de Madrid para el año 2017, aprobada por Decreto 144/2017, de 12 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre), y las 6 restantes, a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el
año 2018, aprobada por Decreto 170/2018, de 18 de diciembre, del Consejo de Gobierno
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 303, de 20 de diciembre)”.
Tercero

BOCM-20221010-2

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un
mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente
a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose
que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
En Madrid, a 19 de septiembre de 2022.—La Directora General de Función Pública,
por delegación del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (Orden de 19 de julio
de 2022; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de agosto), María José
Esteban Raposo.
(01/18.890/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791