B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221010-20)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 27 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Inspector, Grupo A, Subgrupo A1
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 241

base segunda, apartado primero, de dicha Orden, se acreditará mediante la presentación de
un certificado, emitido por el Servicio Médico del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad
de Madrid, en el que se haga constar que la persona aspirante, a fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo de referencia,
tenía superados los reconocimientos médicos periódicos establecidos por dicho Servicio y
que, en virtud de los resultados de los mismos, reunía las condiciones físicas y sanitarias
necesarias y suficientes para el desempeño de las tareas propias de la Categoría de Inspector de la Escala Técnica o de Mando del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid
y que, igualmente, tenía superada la prueba de control físico anual del personal del Cuerpo
de Bomberos correspondiente a la última edición de esta prueba realizada con anterioridad
a la publicación de la citada Orden de convocatoria.
No obstante lo anterior, no será preciso aportar el aludido certificado, obteniéndose por
la Administración, de oficio, salvo si la persona interesada se opusiera expresamente a la
verificación de la información a que va referido aquel.
Quinto
En aplicación de lo dispuesto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la reseñada Orden 290/2018, de 27 de junio, las personas aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen
el cumplimiento de los requisitos exigidos en el indicado proceso selectivo, o si del examen
de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos,
perderán su derecho a ser nombrados personal funcionario de carrera del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Técnica o de Mando, Categoría de Inspector, Grupo
A, Subgrupo A1, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Sexto

BOCM-20221010-20

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro
del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 27 de septiembre de 2022.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.