D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221008-5)
Convenio –  Convenio de colaboración de 28 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de Servicios Sociales del Este de Madrid (MISSEM) para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 240

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE OCTUBRE DE 2022

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Pág. 95

Medidas cognitivas: señalización y rotulación comprensible, dotación de dispositivos
tecnológicos para comunicación alternativa para personas sin comunicación oral,
publicaciones en lectura fácil, sistemas de estimulación y atención temprana.
Medidas tecnológicas: adquisición de dispositivos de apoyo para uso de ordenadores
(joystick, lectores de pantalla, aplicaciones accesibles), domotización de instalaciones.

Las entidades locales que realicen mejora de la accesibilidad en más de un centro, será necesario
especificar adecuadamente en que centros se va a realizar la inversión.
La Mancomunidad firmante del convenio recabará de los Ayuntamientos mancomunados en los que
se desarrolle esta medida, la autorización expresa para la ejecución de las obras que afecten a
inmuebles municipales puestos a disposición para la prestación de los Servicios Sociales de
Atención Social Primaria.
En el caso de disolución de la Mancomunidad, ésta deberá recabar y aportar a la Comunidad de
Madrid previa su disolución, el compromiso de los municipios titulares de los inmuebles afectados
por las actuaciones ejecutadas, de asumir las obligaciones derivadas de este Convenio.
Gastos que se financian
Los gastos que se financiarán con cargo a esta línea de acción serán los que efectúe la entidad local
para el desarrollo de las actuaciones descritas, hasta la cuantía máxima del proyecto prevista en
este anexo.
Forma de pago
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Anualidadd 2022: un 100% mediante anticipo durante el ejercicio 2022, una vez formalizado
el Convenio.

Justificación de Gastos
La documentación indicada en la cláusula de justificación, junto con un documento acreditativo del
grado de ejecución de la instalación o construcción firmado por la empresa instaladora/constructora
o técnico responsable y el representante de la entidad local.
Modificación del anexo III

BOCM-20221008-5

Mediante modificación del Anexo III, sin que afecte al clausulado del convenio, se realizarán los
reajustes necesarios para la ejecución de las líneas de acción contenidas en el mismo. Las partes,
conjuntamente, o a petición de una de ellas, podrán proponer su modificación para adaptar su
ejecución al cumplimiento de los hitos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.