Coslada (BOCM-20221006-60)
Régimen económico. Padrón fiscal actividades económicas
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 238

BOCM-20221006-60

a 30 de diciembre de 2022, ambos inclusive, en cualquier sucursal de “Caixabank”,
utilizando los impresos que podrán retirar en el Departamento de Recaudación
Voluntaria.
Finalizado este último plazo, las deudas serán exigidas por el procedimiento de
apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los
intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. Es decir, el recargo de apremio reducido será del 10 por 100 y se aplicará cuando se satisfaga la
totalidad de la deuda apremiada antes de la finalización del plazo previsto en el
punto 5 del artículo 62 de la L. G. T. El recargo de apremio será del 20 por 100
cuando la deuda se satisfaga fuera de los plazos mencionados y serán de aplicación en este caso intereses de demora. Todo ello, más las costas que en su caso
correspondan.
Lo que se hace saber para general conocimiento.
Coslada, a 27 de septiembre de 2022.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(01/18.750/22)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791