C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221006-19)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 3195/2022, de 28 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2022 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas con cargo a fondos NextGeneration de la Unión Europea
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 238
ción de las líneas eléctricas de alta tensión causantes de electrocución a especies de avifauna amenazada, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, y
se realicen dentro del plazo establecido en la presente convocatoria y se encuentren efectivamente abonados con anterioridad a la finalización del período de justificación.
Se consideran gastos subvencionables aquellos que tengan por objeto:
a) La corrección de apoyos que implican un peligro claro de electrocución para la
avifauna.
b) La adecuación y sustitución de crucetas existentes que entrañen un peligro claro
para la electrocución de las aves.
c) El aislamiento de los conductores y otros elementos de tensión mediante funda
plástica.
d) Otros incluidos en los proyectos propuestos que sirvan a la finalidad de la presente
orden.
No se consideran gastos subvencionables:
a) Los de aquellas actuaciones de corrección que se inicien con anterioridad a la notificación de la orden de concesión de la subvención.
b) Los que se ejecuten fuera de los términos previstos en el artículo 22 de la presente
orden.
c) Los impuestos directos e indirectos. El IVA no será financiable.
d) Los tributos y tasas que fuera preciso abonar.
e) Los no relacionados directamente con el proyecto para el que se solicita la subvención, los costes indirectos, gastos de gestión y administración, así como los financieros, de asesoría jurídica o financiera o de garantía bancaria.
f) La sustitución completa de apoyos ni de los postes que sujetan las crucetas.
Tercero
Bases reguladoras
Las normas reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden 3195/2022 que
tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2022 de las
subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen
medidas para la protección de la avifauna contra la electrocución en líneas eléctricas de alta
tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas
con cargo a fondos NextGeneration de la Unión Europea y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto
Cuantía y financiación de las ayudas
1. Las ayudas se concederán con cargo a la partida 79909 “Otras actuaciones” del
Presupuesto de Gasto del Programa 456A “Medio Ambiente” año 2023.
La dotación de la convocatoria es de 760.591,85 euros, distribuidos conforme a las siguientes anualidades:
— Año 2022: 0,00 euros.
— Año 2023: 760.591,85 euros.
— Línea de subvención 1: 100.000,00 euros.
— Línea de subvención 2: 660.591,85 euros.
3. En el caso de existir saldo remanente en una de las dos líneas de subvención, se asignará a la otra línea para financiar aquellos proyectos que hayan obtenido mayor puntuación.
4. Esta convocatoria se desarrollará en el marco del Plan Nacional de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y será financiada con fondos del Instrumento Europeo de Recuperación “NextGeneration”.
BOCM-20221006-19
2. La dotación destinada a cada una de las dos líneas de subvención recogidas en el
artículo 9 de las bases reguladoras es:
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 238
ción de las líneas eléctricas de alta tensión causantes de electrocución a especies de avifauna amenazada, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, y
se realicen dentro del plazo establecido en la presente convocatoria y se encuentren efectivamente abonados con anterioridad a la finalización del período de justificación.
Se consideran gastos subvencionables aquellos que tengan por objeto:
a) La corrección de apoyos que implican un peligro claro de electrocución para la
avifauna.
b) La adecuación y sustitución de crucetas existentes que entrañen un peligro claro
para la electrocución de las aves.
c) El aislamiento de los conductores y otros elementos de tensión mediante funda
plástica.
d) Otros incluidos en los proyectos propuestos que sirvan a la finalidad de la presente
orden.
No se consideran gastos subvencionables:
a) Los de aquellas actuaciones de corrección que se inicien con anterioridad a la notificación de la orden de concesión de la subvención.
b) Los que se ejecuten fuera de los términos previstos en el artículo 22 de la presente
orden.
c) Los impuestos directos e indirectos. El IVA no será financiable.
d) Los tributos y tasas que fuera preciso abonar.
e) Los no relacionados directamente con el proyecto para el que se solicita la subvención, los costes indirectos, gastos de gestión y administración, así como los financieros, de asesoría jurídica o financiera o de garantía bancaria.
f) La sustitución completa de apoyos ni de los postes que sujetan las crucetas.
Tercero
Bases reguladoras
Las normas reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden 3195/2022 que
tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2022 de las
subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen
medidas para la protección de la avifauna contra la electrocución en líneas eléctricas de alta
tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas
con cargo a fondos NextGeneration de la Unión Europea y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto
Cuantía y financiación de las ayudas
1. Las ayudas se concederán con cargo a la partida 79909 “Otras actuaciones” del
Presupuesto de Gasto del Programa 456A “Medio Ambiente” año 2023.
La dotación de la convocatoria es de 760.591,85 euros, distribuidos conforme a las siguientes anualidades:
— Año 2022: 0,00 euros.
— Año 2023: 760.591,85 euros.
— Línea de subvención 1: 100.000,00 euros.
— Línea de subvención 2: 660.591,85 euros.
3. En el caso de existir saldo remanente en una de las dos líneas de subvención, se asignará a la otra línea para financiar aquellos proyectos que hayan obtenido mayor puntuación.
4. Esta convocatoria se desarrollará en el marco del Plan Nacional de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y será financiada con fondos del Instrumento Europeo de Recuperación “NextGeneration”.
BOCM-20221006-19
2. La dotación destinada a cada una de las dos líneas de subvención recogidas en el
artículo 9 de las bases reguladoras es: