C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221006-20)
Bases subvenciones – Orden 3195/2022 de 28 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2022 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiadas con cargo a fondos Nextgeneration de la Unión Europea
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 238
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 123
ANEXO VI
DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES (DACI )
Convocatoria de subvenciones destinadas a la adaptación de líneas eléctricas de alta
tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, por el que se
establecen medidas para la protección de la avifauna en líneas eléctricas de alta
tensión
D/Dª …………………….…………….…………., con NIF: ……….………, en representación legal
de la entidad ……………………………………………………………………….…………., con CIF:
…….……….., y domicilio fiscal en …………………………………………………, beneficiaria de
las ayudas arriba referenciadas, declara:
Primero. Estar informado de lo siguiente:
1.
Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom)
2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento
financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio
imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares,
afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier
motivo directo o indirecto de interés personal.»
2.
Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de
intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la
transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los
candidatos y licitadores.
3.
Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, establece que deberán abstenerse de intervenir en el
procedimiento las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en
quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente,
siendo éstas:
Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya
resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad
interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
Modelo: 3209FO5
BOCM-20221006-20
a)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 238
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 123
ANEXO VI
DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES (DACI )
Convocatoria de subvenciones destinadas a la adaptación de líneas eléctricas de alta
tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, por el que se
establecen medidas para la protección de la avifauna en líneas eléctricas de alta
tensión
D/Dª …………………….…………….…………., con NIF: ……….………, en representación legal
de la entidad ……………………………………………………………………….…………., con CIF:
…….……….., y domicilio fiscal en …………………………………………………, beneficiaria de
las ayudas arriba referenciadas, declara:
Primero. Estar informado de lo siguiente:
1.
Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom)
2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento
financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio
imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares,
afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier
motivo directo o indirecto de interés personal.»
2.
Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de
intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la
transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los
candidatos y licitadores.
3.
Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, establece que deberán abstenerse de intervenir en el
procedimiento las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en
quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente,
siendo éstas:
Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya
resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad
interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
Modelo: 3209FO5
BOCM-20221006-20
a)