C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221006-20)
Bases subvenciones –  Orden 3195/2022 de 28 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2022 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiadas con cargo a fondos Nextgeneration de la Unión Europea
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 238

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022

Pág. 111

ANEXO III
DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE
ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
Y AUTORIZACIÓN A ÓRGANOS DE CONTROL AL EJERCICIO DE SUS COMPETENCIAS EN DEFENSA DE
LOS INTERESES FINANCIEROS DE LA UNIÓN.
Convocatoria de subvenciones destinadas a la adaptación de líneas eléctricas de alta tensión a los
requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, por el que se establecen medidas para la
protección de la avifauna en líneas eléctricas de alta tensión
D/Dª ……………………………………………………….……...………., con NIF:……..….……,
en
representación
legal
de
la
entidad
………….…………………………………………………….., con CIF: ……………….., y domicilio
fiscal
en………………………………………………………….
……………..……………………………………………………….........…………….,
beneficiaria
de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR que participa como
contratista/subcontratista en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de
los objetivos definidos en el Componente 4 “Conservación y restauración de ecosistemas
marinos y terrestres y su biodiversidad”, Inversión nº 2 “Conservación de la biodiversidad
terrestre y marina, declara conocer la normativa que es de aplicación, en particular los
siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia:
1. La letra d) del· apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos
en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión
en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita
realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos
siguientes:

i. El nombre del perceptor final de los fondos.
ii. El nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos
sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia
de contratación pública.
iii. Los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de
los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE)
2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26).

Modelo: 3209FO2

BOCM-20221006-20

iv. Una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el
marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación
pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco
del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».