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Autorización instalación eléctrica – Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, sobre autorización administrativa, aprobación del proyecto para la modificación de la subestación “Meco” en carretera M-116, kilómetro 10, en el término municipal de Meco, solicitado por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. – Número expediente: 2020P1078-14-0141-01078.1/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 179
nicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones
técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la modificación de una subestación denominada “Meco” ISE 111, en carretera M-116, kilómetro 10, del término municipal
de Meco, cuyas características y ubicación, en coordenadas UTM referidas al huso 30, son:
ISE 111 (X: 473.588; Y: 4.488.080)
Sistema de 132 kV:
Compactación y blindaje de los sistemas de 132 kV, en instalación interior, mediante
sistema GIS con aislamiento en SF6, con doble barra partida y acoplamiento transversal en
cada barra:
— Seis (6) posiciones de línea.
— Cuatro (4) posiciones de transformador.
— Cuatro (4) posiciones de medida.
— Cuatro (4) otras posiciones (2 partición-unión, 2 acoplamiento transversal).
Sistema de 45 kV:
Compactación y blindaje del sistema de 45 kV, en interior, en simple barra, mediante
celdas blindadas con envolvente metálica y aislamiento en SF6:
— Una (1) posición de línea.
— Una (1) posición de transformador.
— Una (1) posición de medida.
Sistemas auxiliares:
— Sustitución de los transformadores auxiliares existentes por dos (2) transformadores de 250 kVA cada uno, con aislamiento mineral y refrigeración ONAN, instalados en exterior y relación de transformación 0,42-0,242 kV (TSA-2 y TSA-3).
— Instalación tres resistencias monofásicas de puesta a tierra de 500 A 15 s, en las salidas de 20 kV de los transformadores de potencia AT2, T3 y T4.
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 36 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
BOCM-20221006-28
Segundo
B.O.C.M. Núm. 238
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 179
nicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones
técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la modificación de una subestación denominada “Meco” ISE 111, en carretera M-116, kilómetro 10, del término municipal
de Meco, cuyas características y ubicación, en coordenadas UTM referidas al huso 30, son:
ISE 111 (X: 473.588; Y: 4.488.080)
Sistema de 132 kV:
Compactación y blindaje de los sistemas de 132 kV, en instalación interior, mediante
sistema GIS con aislamiento en SF6, con doble barra partida y acoplamiento transversal en
cada barra:
— Seis (6) posiciones de línea.
— Cuatro (4) posiciones de transformador.
— Cuatro (4) posiciones de medida.
— Cuatro (4) otras posiciones (2 partición-unión, 2 acoplamiento transversal).
Sistema de 45 kV:
Compactación y blindaje del sistema de 45 kV, en interior, en simple barra, mediante
celdas blindadas con envolvente metálica y aislamiento en SF6:
— Una (1) posición de línea.
— Una (1) posición de transformador.
— Una (1) posición de medida.
Sistemas auxiliares:
— Sustitución de los transformadores auxiliares existentes por dos (2) transformadores de 250 kVA cada uno, con aislamiento mineral y refrigeración ONAN, instalados en exterior y relación de transformación 0,42-0,242 kV (TSA-2 y TSA-3).
— Instalación tres resistencias monofásicas de puesta a tierra de 500 A 15 s, en las salidas de 20 kV de los transformadores de potencia AT2, T3 y T4.
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 36 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
BOCM-20221006-28
Segundo