C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221006-18)
Autorización centro universitario – Orden 2868/2022, de 27 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se acuerda la supresión de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rey Juan Carlos, la creación de cuatro nuevas facultades y la redistribución de titulaciones entre diferentes centros de dicha Universidad
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 70
JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 238
— El Grado en Fundamentos de la Arquitectura y el Grado en Paisajismo pararán a
estar adscritos a la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Telecomunicación.
Cuarto
Seguimiento y control
La modificación de las condiciones bajo las cuales se produce este acuerdo estará sometida a la autorización previa de la Comunidad de Madrid. Para ello, la Universidad deberá comunicar a la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores
cualquier cambio respecto de las circunstancias conforme a las cuales se otorga.
En cualquier caso, en la supervisión del centro se tendrán en cuenta fundamentalmente los
requisitos previstos en el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento
y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros
universitarios, y los que, en su caso, haya podido establecer esta Comunidad Autónoma en el
ejercicio de sus competencias, y demás previstos en el ordenamiento jurídico.
El incumplimiento del contenido de esta orden podrá dar lugar a la revocación de este
acuerdo.
Quinto
Recursos
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente, Consejero de Educación y
Universidades en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que
los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Sexto
Efectos de la Orden
La presente Orden surtirá efectos el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 27 de septiembre de 2022.
CIAL DE LA
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
BOCM-20221006-18
(03/18.940/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 238
— El Grado en Fundamentos de la Arquitectura y el Grado en Paisajismo pararán a
estar adscritos a la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Telecomunicación.
Cuarto
Seguimiento y control
La modificación de las condiciones bajo las cuales se produce este acuerdo estará sometida a la autorización previa de la Comunidad de Madrid. Para ello, la Universidad deberá comunicar a la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores
cualquier cambio respecto de las circunstancias conforme a las cuales se otorga.
En cualquier caso, en la supervisión del centro se tendrán en cuenta fundamentalmente los
requisitos previstos en el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento
y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros
universitarios, y los que, en su caso, haya podido establecer esta Comunidad Autónoma en el
ejercicio de sus competencias, y demás previstos en el ordenamiento jurídico.
El incumplimiento del contenido de esta orden podrá dar lugar a la revocación de este
acuerdo.
Quinto
Recursos
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente, Consejero de Educación y
Universidades en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que
los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Sexto
Efectos de la Orden
La presente Orden surtirá efectos el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 27 de septiembre de 2022.
CIAL DE LA
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
BOCM-20221006-18
(03/18.940/22)
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ISSN 1989-4791