Cobeña (BOCM-20221005-39)
Régimen económico. Ordenanza fiscal expedición documentos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 237
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39
COBEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221005-39
Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
expedición de documentos administrativos, por acuerdo del Pleno de fecha 22 de septiembre de 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto
Ley 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la modificación de la mencionada Ordenanza.
En Cobeña, a 23 de septiembre de 2022.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
(03/18.618/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 237
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39
COBEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20221005-39
Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
expedición de documentos administrativos, por acuerdo del Pleno de fecha 22 de septiembre de 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto
Ley 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la modificación de la mencionada Ordenanza.
En Cobeña, a 23 de septiembre de 2022.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.
(03/18.618/22)
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ISSN 1989-4791