Madrid número 18 (BOCM-20221005-62)
Procedimiento 1753/2022
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 237

MIÉRCOLES 5 DE OCTUBRE DE 2022

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
62

MADRID NÚMERO 18
EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio sobre delitos leves número 1753/2022, entre doña Anyelis Waleska Rivas Torrealba y, por un presunto delito de lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Auto
El juez/magistrado-juez que lo dicta, don Ángel José Lera Carrasco.—En Madrid, a 9 de
septiembre de 2022.
Antecedentes de hecho:
Primero.—En este Juzgado se ha recibido parte de lesiones de Anyelis Waleska Rivas Torrealba por posible infracción penal, cometida el 11 de junio de 2022, en la localidad de Madrid.
Fundamentos de derecho:
Primero.—Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un delito
leve de lesiones, por lo que procede tramitar las presentes diligencias según lo establecido en
los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este
Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el artículo 14 del citado texto legal,
artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y normas de reparto vigentes.
Segundo.—No obstante, de lo actuado no existen motivos suficientes para acusar a determinada o determinadas personas como autores o cómplices de los hechos que ha dado motivo
a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641.2.o de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede, por ahora, decretar sobreseimiento provisional de
las actuaciones.
Parte dispositiva:

BOCM-20221005-62

Incóese juicio por delito leve, registrándose como Juicio sobre delitos leves número 1753/2022.
Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas y al ministerio fiscal.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación
dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.
Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—El juez/magistrado-juez.—El/la letrado/a de
la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación a doña Anyelis Waleska Rivas Torrealba, expido y firmo la presente.
En Madrid, a 19 de septiembre de 2022.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).
(03/18.272/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791