D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221005-20)
Convenio –  Convenio de colaboración de 11 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad Sierra Norte, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (s44) línea de ayudas a entidades locales para la creación de una red de centros de cohousing en viviendas para personas mayores y discapacidad
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE OCTUBRE DE 2022

Pág. 165

Decimotercera
Modificación del convenio
La propuesta de modificación del convenio, deberá estar motivada y presentarse cuando concurran las circunstancias que obliguen a la modificación.
Cualquiera de las partes, o ambas de mutuo acuerdo, podrán proponer la modificación
del convenio durante su vigencia, que deberá producirse de mutuo acuerdo y por escrito,
suscribiendo la adenda de modificación correspondiente. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
En su caso, en las adendas de modificación que se suscriban de acuerdo con la posible
reprogramación de fondos y/o reajuste del convenio, se deberán fijar las correspondientes
condiciones de financiación y cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid, de acuerdo
con las disponibilidades presupuestarias, así como con el subproyecto y cuantías que correspondan a ese año.
En cualquier caso, el presente convenio podrá ser objeto de modificación para la incorporación de nuevos requisitos no previstos para la gestión de los fondos del Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, propuestos por las autoridades competentes de su gestión.
Decimocuarta
Coordinación y apoyo técnico
Para la consecución de los fines objeto del presente convenio, la Consejería de Familia, Juventud y Política Social prestará el apoyo técnico necesario que permita el diseño,
puesta en marcha y el desarrollo y seguimiento del subproyecto objeto de este convenio.
Decimoquinta
Difusión y publicidad
La entidad local firmante y la Consejería de Familia, Juventud y Política Social podrán
desarrollar campañas de difusión de las distintas líneas de acción contempladas en este convenio para informar a los ciudadanos de los recursos que las Administraciones ponen a su
disposición y eligiendo para ello los medios que se consideren más idóneos.
La entidad local se obliga a ejecutar las indicaciones de la Comunidad de Madrid en
todos aquellos aspectos relacionados con los signos de identidad corporativa o institucional
y en la documentación y divulgación de las actuaciones que se realicen en el marco de este
convenio.
En la publicidad que, a través de cualquier medio, se realice sobre actuaciones derivadas de la aplicación del presente convenio, así como en toda la documentación utilizada por
las entidades locales se hará constar expresamente que éste se lleva a cabo en virtud de la
financiación establecida con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y el Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, según lo establecido en el artículo 9 de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
A este respecto, la publicidad mínima sobre cualquier soporte físico o digital que se
genere en el marco del convenio deberá exhibir de forma correcta y destacada:

Las entidades locales deberán justificar el cumplimiento de esta obligación, aportando la
documentación que acredite y permita comprobar la visibilidad de la Comunidad de Madrid,
del Gobierno de España y del Instrumento Europeo de Recuperación NextGenerationEU en
las campañas de difusión llevadas a cabo y financiadas con este convenio o simplemente derivadas de su aplicación.
En cualquier caso, las entidades locales deberán cumplir con las instrucciones que, en
materia de información y publicidad, se establezcan al respecto por parte de la autoridad
responsable y de conformidad con lo establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado de Comunicación.

BOCM-20221005-20

— El emblema de la UE, con una declaración de financiación adecuada que diga: “financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU”, disponible en el enlace
https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/flag_es
— El logotipo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, disponible
en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual