Madrid número 24 (BOCM-20221004-107)
Ejecución 30/2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 281
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
107
MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social
número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 30/2022 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de D./Dña. ISAIDA ANAISA AYBAR GONZÁLEZ, frente a VIAJES AL MEJOR
COSTO, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
BOCM-20221004-107
A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 29.058,00 euros de principal, de los cuales corresponden 12.639,00 a indemnización y 16.419,00 a salarios de tramitación de principal, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado, VIAJES AL
MEJOR COSTO, S. L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, doña Marta
Menárguez Salomón.
Y para que sirva de notificación en legal forma a VIAJES AL MEJOR COSTO, S. L.,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento
o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 13 de septiembre de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/17.910/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 236
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MARTES 4 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 281
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
107
MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social
número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 30/2022 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de D./Dña. ISAIDA ANAISA AYBAR GONZÁLEZ, frente a VIAJES AL MEJOR
COSTO, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
PARTE DISPOSITIVA
BOCM-20221004-107
A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 29.058,00 euros de principal, de los cuales corresponden 12.639,00 a indemnización y 16.419,00 a salarios de tramitación de principal, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado, VIAJES AL
MEJOR COSTO, S. L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, doña Marta
Menárguez Salomón.
Y para que sirva de notificación en legal forma a VIAJES AL MEJOR COSTO, S. L.,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento
o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 13 de septiembre de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/17.910/22)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791