C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221003-14)
Modelo normalizado – Resolución de 20 de septiembre de 2022, del Director General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores, por la que se publica el modelo de formulario telemático de “Solicitud del informe previo para la verificación de planes de estudios; Solicitud para la implantación y extinción de enseñanzas universitarias oficiales”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 235
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 83
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
14
RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2022, del Director General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores, por la que se publica el modelo de formulario telemático de “Solicitud del informe previo para la verificación de planes de
estudios; Solicitud para la implantación y extinción de enseñanzas universitarias
oficiales”.
RESUELVO
Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del modelo de solicitud que se adjunta como Anexo, a los efectos regulados en el artículo 12.1 y en
BOCM-20221003-14
De acuerdo con el artículo 12.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “Las Administraciones Públicas
deberán garantizar que los interesados puedan relacionarse con la Administración a través de
medios electrónicos, para lo que pondrán a disposición los canales de acceso que sean necesarios, así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso se determinen”.
Por otro lado, el apartado a) del artículo 14.2 de la citada Ley, establece que las personas
jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
En base a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades,
la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional en las universidades públicas,
será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, bien por propia iniciativa, con
el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad
mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos, con informe previo favorable
del Consejo Social. Por su parte, el artículo 12.2 de esta Ley Orgánica establece que la implantación y supresión de enseñanzas en las Universidades privadas será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, a propuesta de la Universidad.
Por otro lado, el artículo 26 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, de organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, establece que las Comunidades Autónomas, realizarán un informe preceptivo sobre la
necesidad y viabilidad académica y social de la implantación de títulos universitarios oficiales previo al inicio del procedimiento de verificación de sus planes de estudios.
En consecuencia, se considera necesario disponer de los formularios que permita a las
universidades presentar sus solicitudes de informe preceptivo sobre la necesidad y viabilidad
académica y social para la verificación de planes de estudios, así como, para la implantación
y extinción de enseñanzas universitarias oficiales, facilitándoles de este modo la realización
de estos trámites.
Las solicitudes se dirigirán por vía electrónica a la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores, de conformidad con las competencias atribuidas en
materia de enseñanza universitaria, por el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
Por la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano se ha emitido informe favorable al modelo de solicitud que se adjunta como Anexo a esta Resolución, con
fecha 12 de mayo de 2022.
Por todo ello, de conformidad con el criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de
mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid,
B.O.C.M. Núm. 235
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 83
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
14
RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2022, del Director General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores, por la que se publica el modelo de formulario telemático de “Solicitud del informe previo para la verificación de planes de
estudios; Solicitud para la implantación y extinción de enseñanzas universitarias
oficiales”.
RESUELVO
Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del modelo de solicitud que se adjunta como Anexo, a los efectos regulados en el artículo 12.1 y en
BOCM-20221003-14
De acuerdo con el artículo 12.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “Las Administraciones Públicas
deberán garantizar que los interesados puedan relacionarse con la Administración a través de
medios electrónicos, para lo que pondrán a disposición los canales de acceso que sean necesarios, así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso se determinen”.
Por otro lado, el apartado a) del artículo 14.2 de la citada Ley, establece que las personas
jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
En base a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades,
la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional en las universidades públicas,
será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, bien por propia iniciativa, con
el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad
mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos, con informe previo favorable
del Consejo Social. Por su parte, el artículo 12.2 de esta Ley Orgánica establece que la implantación y supresión de enseñanzas en las Universidades privadas será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, a propuesta de la Universidad.
Por otro lado, el artículo 26 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, de organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, establece que las Comunidades Autónomas, realizarán un informe preceptivo sobre la
necesidad y viabilidad académica y social de la implantación de títulos universitarios oficiales previo al inicio del procedimiento de verificación de sus planes de estudios.
En consecuencia, se considera necesario disponer de los formularios que permita a las
universidades presentar sus solicitudes de informe preceptivo sobre la necesidad y viabilidad
académica y social para la verificación de planes de estudios, así como, para la implantación
y extinción de enseñanzas universitarias oficiales, facilitándoles de este modo la realización
de estos trámites.
Las solicitudes se dirigirán por vía electrónica a la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores, de conformidad con las competencias atribuidas en
materia de enseñanza universitaria, por el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
Por la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano se ha emitido informe favorable al modelo de solicitud que se adjunta como Anexo a esta Resolución, con
fecha 12 de mayo de 2022.
Por todo ello, de conformidad con el criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de
mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid,