B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “INFANTA SOFÍA” (BOCM-20221003-10)
Convocatoria puesto –  Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Infanta Sofía”, del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe de Sección de Obstetricia y Ginecología (Unidad de Mama) en este centro asistencial, para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 235

LUNES 3 DE OCTUBRE DE 2022

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1.4. Responsabilidad en Gestión (Jefe de Servicio o de Sección, con un máximo 15
puntos):
a) Por cada año (o fracción de servicios prestados) en Instituciones Sanitarias
Públicas dependientes del SNS (o en los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea, acreditando documentalmente, en estos casos, la
equivalencia en la responsabilidad asumida en el puesto desempeñado) en
la misma especialidad: 3,4 punto/año.
b) Por cada año (o fracción de servicios prestados) en Instituciones Sanitarias
Públicas dependientes del SNS (o en los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea, acreditando documentalmente, en estos casos, la
equivalencia en la responsabilidad asumida en el puesto desempeñado) en
distinta especialidad: 1,96 puntos/año.
c) Por cada año (o fracción de servicios prestados) en Instituciones no Sanitarias de otras Administraciones Públicas en la misma especialidad: 0,6 puntos/año.
d) Por cada año (o fracción de servicios prestados) en Instituciones no Sanitarias de otras Administraciones Públicas en distinta especialidad: 0,4 puntos/año.
e) Por cada año (o fracción de servicios prestados) en Instituciones Sanitarias Privadas de la Unión Europea concertadas asistencialmente y/o acreditadas para
la docencia (justificación documental) en la misma especialidad: 0,5 puntos/año.
f) Por cada año (o fracción de servicios prestados) en Instituciones Sanitarias Privadas de la Unión Europea concertadas asistencialmente y/o acreditadas para
la docencia (justificación documental) en distinta especialidad: 0,2 puntos/año.
Los períodos certificados en estos puestos, puntuarán en este subapartado
del baremo y no en servicios prestados en plaza básica de facultativo del subapartado a).2. En ningún caso podrán puntuar simultáneamente en los dos
subapartados.
Si la puntuación máxima se sobrepasara, esta se hará equivalente a 35 puntos, consignándose las restantes en función del coeficiente obtenido.
2.

Actividad de formación y docencia (puntuación máxima, 20 puntos):

2.1. Grado de Doctor: 3 puntos, si se acredita que la calificación obtenida fue de sobresaliente o “apto” “cum laude” se le otorgará la puntuación adicional de 2 puntos.
2.2. Profesor colaborador en la universidad en docencia de pregrado: 0,1 puntos/año.
2.3. Curso Doctorado completo: 0,3 puntos/curso.
2.4. Profesor Asociado o similar: 0,2 puntos/año.
2.5. Profesor Titular/Catedrático: 0,3 puntos/año.
2.6. Asistencia a cursos de Formación Continuada:
a)
b)
c)
d)

Cursos entre 40 y 100 horas: 0,1 punto/curso.
Cursos entre 101 y 300 horas: 0,2 puntos/curso.
Cursos entre 301 y 600 horas: 0,5 puntos/curso.
Cursos superiores a 600 horas: 1 punto/curso.

a)
b)
c)
d)

Cursos entre 40 y 100 horas: 0,4 puntos/curso.
Cursos entre 101 y 300 horas: 0,8 puntos/curso.
Cursos entre 301 y 600 horas: 2 puntos/curso.
Cursos superiores a 600 horas: 4 puntos/curso.

2.9. Tutor de residentes: 0,2 puntos/año.
2.10. Estancias docentes en Hospitales Universitarios: 0,50 puntos/trimestre (máximo 3 puntos).
2.11. Becas docentes: 1 punto/beca.
Si la puntuación máxima se sobrepasara, esta se hará equivalente a 20 puntos, consignándose las restantes en función del coeficiente obtenido.

BOCM-20221003-10

2.7. Profesor en cursos de formación continuada: 0,05 puntos/hora lectiva.
2.8. Organización y Dirección de cursos: