D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20221001-5)
Convenio – Convenio de colaboración de 19 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Francisco de Vitoria, para la enseñanza del Grado en Medicina
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 234
ANEXO III
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD PARA ESTUDIANTES
QUE REALIZAN LAS PRÁCTICAS EN EL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
El CENTRO SANITARIO durante el curso académico 202_/2_ acogerá en régimen de prácticas al
estudiante abajo consignado, según los términos del convenio de colaboración del que el presente
documento es anexo inseparable.
El CENTRO acogerá en régimen de prácticas externas al estudiante:
Nombre y apellidos:
DNI:
Titulación: curso:
Las prácticas se desarrollarán en las instalaciones de (INDICAREL CENTRO). El periodo de prácticas es de (INDICAR) del citado curso académico. La duración del programa de prácticas será de
un total de __ horas.
Durante el periodo de prácticas en (INDICAR), el estudiante estará cubierto por un seguro de
responsabilidad civil a cargo de la Universidad Francisco de Vitoria.
El estudiante declara tener conocimiento de los términos del convenio de colaboración y asumirlos
en la formulación y contenido convenidos.
A este respecto, el (INDICAR CENTRO), en cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente, tiene la obligación de garantizar los derechos de protección de datos de los pacientes y de las personas en el tratamiento de sus datos, considerando además que el tratamiento de datos personales referidos a la salud de una persona es
especialmente sensible y requiere especial protección. Por todo ello, es necesario que el estudiante
conozca y respete los siguientes aspectos durante su estancia en las instalaciones de la entidad:
1. Queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier
dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su función, especialmente los de
carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que esté determinado, ni
tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta obligación subsistirá una vez
cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud del convenio de colaboración.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad de (INDICAR) obtenida de sus sistemas
de información o de otras fuentes, por cualquier medio físico o telemático, salvo autorización por escrito del Responsable de dicha información.
3. Una vez cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud del convenio de colaboración,
los datos de carácter personal pertenecientes a (INDICAR) que pudiera tener bajo control el
abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos a (INDICAR) por el método acordado, así
como cualquier otro soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal.
5. Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los sistemas de información y comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en INDICAR CENTRO. La
función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo de consulta o necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.
6. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas de información de INDICAR CENTRO sin la correspondiente licencia y/o autorización. Los programas informáticos propiedad de INDICAR CENTRO están protegidos por propiedad intelec-
BOCM-20221001-5
4. El acceso lógico a los sistemas de información y comunicaciones de INDICAR CENTRO, se
hará con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las medidas de
seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin la autorización por escrito del Responsable del Tratamiento o encargado del Tratamiento.
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 1 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 234
ANEXO III
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD PARA ESTUDIANTES
QUE REALIZAN LAS PRÁCTICAS EN EL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
El CENTRO SANITARIO durante el curso académico 202_/2_ acogerá en régimen de prácticas al
estudiante abajo consignado, según los términos del convenio de colaboración del que el presente
documento es anexo inseparable.
El CENTRO acogerá en régimen de prácticas externas al estudiante:
Nombre y apellidos:
DNI:
Titulación: curso:
Las prácticas se desarrollarán en las instalaciones de (INDICAREL CENTRO). El periodo de prácticas es de (INDICAR) del citado curso académico. La duración del programa de prácticas será de
un total de __ horas.
Durante el periodo de prácticas en (INDICAR), el estudiante estará cubierto por un seguro de
responsabilidad civil a cargo de la Universidad Francisco de Vitoria.
El estudiante declara tener conocimiento de los términos del convenio de colaboración y asumirlos
en la formulación y contenido convenidos.
A este respecto, el (INDICAR CENTRO), en cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente, tiene la obligación de garantizar los derechos de protección de datos de los pacientes y de las personas en el tratamiento de sus datos, considerando además que el tratamiento de datos personales referidos a la salud de una persona es
especialmente sensible y requiere especial protección. Por todo ello, es necesario que el estudiante
conozca y respete los siguientes aspectos durante su estancia en las instalaciones de la entidad:
1. Queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier
dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su función, especialmente los de
carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que esté determinado, ni
tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta obligación subsistirá una vez
cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud del convenio de colaboración.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad de (INDICAR) obtenida de sus sistemas
de información o de otras fuentes, por cualquier medio físico o telemático, salvo autorización por escrito del Responsable de dicha información.
3. Una vez cumplido el periodo de prácticas acordado en virtud del convenio de colaboración,
los datos de carácter personal pertenecientes a (INDICAR) que pudiera tener bajo control el
abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos a (INDICAR) por el método acordado, así
como cualquier otro soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal.
5. Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los sistemas de información y comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en INDICAR CENTRO. La
función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo de consulta o necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.
6. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas de información de INDICAR CENTRO sin la correspondiente licencia y/o autorización. Los programas informáticos propiedad de INDICAR CENTRO están protegidos por propiedad intelec-
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4. El acceso lógico a los sistemas de información y comunicaciones de INDICAR CENTRO, se
hará con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las medidas de
seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin la autorización por escrito del Responsable del Tratamiento o encargado del Tratamiento.