El Escorial (BOCM-20220930-44)
Organización y funcionamiento. Ordenanza tenencia animales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 233
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 289
c) Comunicar al Servicio Municipal competente de posibles incidencias o problemas
en la colonia.
d) En caso de su ausencia temporal, propondrá una persona sustituta autorizada temporal, previa comunicación al servicio municipal competente, que emitiría la autorización temporal si la misma es pertinente.
e) Recibir formación gratuita de control de colonias impartido por una persona designada por la Concejalía de Bienestar Animal con cualificación y experiencia en
el método CER, persona del servicio competente, profesional externo, o de alguna entidad de protección animal.
ANEXO III
Serán establecimientos Pet Friendly en el municipio de El Escorial y así serán reconocidos por este Ayuntamiento, aquellos en los que no solo estén admitidas las mascotas, sino
que además, su presencia sea considerada bienvenida y acogida con actitud amigable e incluso habrán podido implementar medidas o realizado modificaciones para mejorar la estancia o atender las necesidades de los animales.
En ningún caso las medidas o modificaciones adoptadas para este “amigable recibimiento” contravendrán la normativa existente en materia de salud pública y, el beneficio de
las personas que quieran compartir estas actividades con sus mascotas trae inexorablemente aparejada la obligación del titular o persona responsable que acompañe al animal, de
cumplir, en todo momento, con las obligaciones y prohibiciones recogidas en la Ordenanza municipal para la Tenencia Responsable, el Bienestar y la Protección de los animales
aprobada por este Ayuntamiento y toda cuanta le pudiera ser de aplicación.
Para solicitar la participación en esta iniciativa puesta en marcha por el ayuntamiento
de El Escorial, a través de la Concejalía de Bienestar Animal, sin perjuicio de otras que pudieran participar, deberá aportarse en Registro de Entrada, la siguiente información y documentación:
— Nombre del comercio/establecimiento.
— Actividad.
— Localización.
— Titular.
— Métodos de difusión publicitaria utilizados por el establecimiento (página web, redes sociales…).
— Descripción de medidas Pet-Friendly y documento demostrativo (p. ej. Fotografías) de las mismas y de su uso.
Los establecimientos que se adhieran recibirán un distintivo para que puedan situarlo
en lugares visibles al público desde el exterior, así como las normas de obligado cumplimiento por parte del titular o de la persona responsable.
Además el Ayuntamiento tendrá como objetivo elaborar una guía online donde se den
a conocer los establecimientos participantes que será difundida en la web y en las Redes sociales municipales.
El Ayuntamiento se reserva el derecho a realizar visitas de comprobación, así como a
revocar el uso del distintivo o el derecho a participación en la guía de difusión, por incumplimiento posterior a la adhesión de los requisitos de participación o debido a otros motivos demostrados que justifiquen tal actuación.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponerse cualquier otro que se estime conveniente.
En El Escorial, a 19 de septiembre de 2022.—La concejala-delegada de Bienestar Animal, Tamara Ontoria Pastor.
(03/18.299/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220930-44
DISTINTIVO PET-FRIENDLY: CARACTERÍSTICAS Y OBTENCIÓN
B.O.C.M. Núm. 233
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 289
c) Comunicar al Servicio Municipal competente de posibles incidencias o problemas
en la colonia.
d) En caso de su ausencia temporal, propondrá una persona sustituta autorizada temporal, previa comunicación al servicio municipal competente, que emitiría la autorización temporal si la misma es pertinente.
e) Recibir formación gratuita de control de colonias impartido por una persona designada por la Concejalía de Bienestar Animal con cualificación y experiencia en
el método CER, persona del servicio competente, profesional externo, o de alguna entidad de protección animal.
ANEXO III
Serán establecimientos Pet Friendly en el municipio de El Escorial y así serán reconocidos por este Ayuntamiento, aquellos en los que no solo estén admitidas las mascotas, sino
que además, su presencia sea considerada bienvenida y acogida con actitud amigable e incluso habrán podido implementar medidas o realizado modificaciones para mejorar la estancia o atender las necesidades de los animales.
En ningún caso las medidas o modificaciones adoptadas para este “amigable recibimiento” contravendrán la normativa existente en materia de salud pública y, el beneficio de
las personas que quieran compartir estas actividades con sus mascotas trae inexorablemente aparejada la obligación del titular o persona responsable que acompañe al animal, de
cumplir, en todo momento, con las obligaciones y prohibiciones recogidas en la Ordenanza municipal para la Tenencia Responsable, el Bienestar y la Protección de los animales
aprobada por este Ayuntamiento y toda cuanta le pudiera ser de aplicación.
Para solicitar la participación en esta iniciativa puesta en marcha por el ayuntamiento
de El Escorial, a través de la Concejalía de Bienestar Animal, sin perjuicio de otras que pudieran participar, deberá aportarse en Registro de Entrada, la siguiente información y documentación:
— Nombre del comercio/establecimiento.
— Actividad.
— Localización.
— Titular.
— Métodos de difusión publicitaria utilizados por el establecimiento (página web, redes sociales…).
— Descripción de medidas Pet-Friendly y documento demostrativo (p. ej. Fotografías) de las mismas y de su uso.
Los establecimientos que se adhieran recibirán un distintivo para que puedan situarlo
en lugares visibles al público desde el exterior, así como las normas de obligado cumplimiento por parte del titular o de la persona responsable.
Además el Ayuntamiento tendrá como objetivo elaborar una guía online donde se den
a conocer los establecimientos participantes que será difundida en la web y en las Redes sociales municipales.
El Ayuntamiento se reserva el derecho a realizar visitas de comprobación, así como a
revocar el uso del distintivo o el derecho a participación en la guía de difusión, por incumplimiento posterior a la adhesión de los requisitos de participación o debido a otros motivos demostrados que justifiquen tal actuación.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponerse cualquier otro que se estime conveniente.
En El Escorial, a 19 de septiembre de 2022.—La concejala-delegada de Bienestar Animal, Tamara Ontoria Pastor.
(03/18.299/22)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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DISTINTIVO PET-FRIENDLY: CARACTERÍSTICAS Y OBTENCIÓN